04/08/2017
Ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la comunidad autónoma de Extremadura
Finalidad
Mejorar la competitividad y el crecimiento de las Pymes de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del desarrollo de proyectos colaborativos.
Destinatarios
1.- Entidades sin ánimo de lucro, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con personalidad jurídica propia, constituidas como AEI, Clúster o similar denominación. A estos efectos, se definen como AEI y Clústeres aquellas agrupaciones de empresas e instituciones que, en un determinado espacio geográfico, se encuentran relacionadas entre sí en torno a un mismo sector o segmento de mercado, colaborando conforme a una estrategia conjunta que les conduzca a ser más competitivas. Los proyectos podrán presentarse a nombre de una AEI o Clúster a título individual, o de asociaciones que aglutinen más de una AEI o Clúster.
2. Pymes que ejerzan una actividad económica en la región, entendiendo por Pymes aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros. Adicionalmente, en la tipología de proyectos descritos en los puntos 2 y 4 del artículo 3, las Asociaciones Empresariales de la Comunidad Autónoma de Extremadura también podrán adquirir la condición de beneficiario.
Las Pymes deberán adoptar alguna de las siguientes formas jurídicas: Personas físicas, Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas, Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación.
3.- Comunidades de bienes y sociedades civiles que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. En este supuesto, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero o socio, así como el importe de subvención a aplicar a cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso,deberá nombrarse un representante o apoderado único, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la comunidad de bieneso sociedad civil.
Plazo de presentación
Del 2 agosto al 5 de octubre ambos inclusive.
Lugar de presentación
Oficinas de registro...
REQUISITOS
Para la obtención de la condición de beneficiario deberán cumplir con los requisitos esta- blecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Las pymes y las asociaciones empresariales solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
Disponer de centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Que el proyecto a subvencionar vaya dirigido a favorecer la competitividad y crecimiento de las pymes de la Comunidad Autónoma de Extremadura a través del desarrollo de proyectos colaborativos.
Que los proyectos colaborativos tengan alguna de las siguientes finalidades:
Proyectos de Reestructuración e Integración Empresarial, a realizar por al menos tres empresas, que tengan como objetivo la realización de procesos de reestructuración e integración empresarial que traigan como consecuencia, el desarrollo, con carácter permanente, de algunas de las áreas de negocio de cada una de las empresas participantes, mediante la constitución de una nueva unidad jurídica, participada por todas las empresas solicitantes de la ayuda.
Los proyectos deberán justificar, en todo caso, la inviabilidad de poder ser abordados de forma individual por cada una de las empresas solicitantes de la ayuda, siendo para ello imprescindible llevarlo a cabo de manera conjunta.
Los proyectos podrán referirse a buscar soluciones en materia de aprovisionamiento, logística, producción, comercialización conjunta u otra área estratégica de interés común.
Proyectos colaborativos entre pymes independientes, desarrollados y compartidos por un grupo de al menos tres pymes independientes, que tengan necesidades comunes y que traten colaborativamente de superarlas.
Esta tipología de proyectos, se enfocarán al desarrollo colaborativo puntual que suponga una mejora competitiva para las empresas participantes, sin que supongan la creación de una nueva entidad que vaya a continuar explotando sus resultados con carácter futuro y permanente.
Los proyectos deberán desarrollar cualquier tipo de actuación que genere, de manera evidente, una mejora competitiva para las empresas participantes en los mismos. En esta tipología de proyectos se podrá designar como organismo intermedio, bien a una de las empresas que participen en el proyecto, bien a una Asociación de carácter empresarial que tenga entre sus fines la cooperación de las empresas que la conforman. El organismo intermedio actuará como representante del proyecto frente a la Administración.
Para que un proyecto pueda ser considerado susceptible de ser subvencionado, en cualquiera de las dos modalidades de actuaciones subvencionables, deberá venir participado por al menos tres empresas, debiendo las mismas cumplir las siguientes condiciones.
No existirá vinculación entre las entidades participantes en el proyecto de que se trate y para el que se pretende solicitar la ayuda, de manera que ninguna de ellas podrá formar parte de los órganos de gobierno y administración de alguna o algunas de las restantes entidades solicitantes ni ostentar participación alguna en sus respectivos capitales, a excepción de la aportaciones económicas derivadas de la condición de socio que pudiera tenerse respecto a las Asociaciones que como tales participen en el proyecto. De la misma manera, en ningún caso existirá una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado entre las personas físicas que formen parte de los órganos de gobierno y administración de las entidades participantes en el proyecto.
Las empresas participantes en los proyectos deberán dejar constancia por escrito de los compromisos a adquirir por cada una de ellas, y de las aportaciones económicas que cada una de ellas destinarán para la realización del proyecto de colaboración.
Tanto las pymes como las Asociaciones Empresariales solo podrán participan en un único proyecto en cada convocatoria de ayudas, y no podrán participar como colaboradores externos, en el mismo proyecto que sea objeto de la subvención.
https://ciudadano.gobex.es/buscador-de-tramites/-/tramite/ficha/5645