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04/01/2016

Las normas sobre ventas a pérdidas llevan a confusión

Las normas sobre ventas a pérdidas llevan a confusión
Realizar ventas con pérdida tiene la consideración de infracción grave, de acuerdo con la Ley de Organización del Comercio Minorista (Lorcomin, art. 65.1.c) y se puede sancionar con multas de 6.000 a 30.000 euros. Sin embargo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dicho en un informe que es «poco razonable prohibir o criticar de forma generalizada» la venta a pérdidas de alimentos.

La postura de la CNMC ha levantado ampollas entre los agricultores y sus organizaciones porque supone un jarro de agua fría sobre las aspiraciones del primer escalón de la cadena productora de alimentos para que se pudiera plantar cara por fin a las estrategias de las grandes corporaciones de la distribución comercial, empeñadas en utilizar artículos como reclamo, ofreciéndolos a precios bajos, incluso por debajo de costes. Una práctica bastante extensa que se traduce de forma irremisible en la fijación de precios bajos a los productores, inferiores en muchos casos a los propios gastos de obtención.

La sucesión de situaciones problemáticas en este plano, reivindicaciones de normalización y normativas que, como la ley de equilibrio en la cadena agroalimentaria, extendieron esperanzas en el campo, han contribuido a esparcir muchas expectativas, también bastantes decepciones y desde luego altas dosis de confusión.

Para completar el escenario, mientras desde instancias de las administraciones agrarias se había entrado ya en el reconocimiento de que las cosas son como las denuncian agricultores y ganaderos, sometidos a la imposición de precios bajos a toda costa, para poder sostenerse un sistema de venta final a la baja, Competencia puso el freno.

En su informe que dio luz verde al voluntarista Código de Buenas Prácticas en la Contratación Alimentaria, el organismo supervisor vino a señalar que en determinadas ocasiones puede resultar incluso una práctica (la de vender a pérdidas) que apoye la competitividad y la eficiencia entre los operadores de los mercados, con ventajas para los consumidores.

Desde luego, comprar a precio más bajo siempre es ventajoso para el consumidor, no para el productor si de esa forma pierde. Por ello hay leyes que tratan de poner coto y de defender una estabilidad para que el sistema productivo sea sostenible en lo económico.

La Ley de Competencia Desleal prohíbe la venta a pérdidas cuando pueda inducir a error a los consumidores, desacreditar la imagen de otros productos o establecimientos ajenos o eliminar competidores. No obstante la permite cuando el objetivo de la bajada sea alcanzar los precios de competidores, en casos de liquidación de existencias o para saldar productos con fecha de caducidad o que pueden estropearse.

Pero la mayor confusión que se da entre los agricultores y sus organizaciones profesionales en este terreno estriba en no diferenciarse claramente lo que es el coste de adquisición de una mercancía y el coste medio que ha sido necesario para poder producirla. Vender por debajo de uno u otro se entiende que genera pérdidas, pero no es lo mismo a efectos de las normativas ni se puede argumentar y defender con igual consistencia en un caso y en otro.

La legislación define la venta a pérdidas como la que se efectúa a un precio inferior al de adquisición que figure en factura. No obstante, como la bajada de precios llega a caer por debajo de los gastos de producción y diversos organismos oficiales se han prodigado en estudios para determinar qué cuesta de cultivar un kilo de cada fruta, por ejemplo, o un litro de leche, últimamente se tiende a creer que cuando un precio de venta final queda por debajo debe considerarse 'a pérdida' y, por tanto, denunciable y sancionable.

Una consideración moralmente ajustada, pero equivocada en cuanto a lo que dicen las normas legales, que insisten en que venta a pérdidas es la que se realiza a menos precio que el que figura en factura. Y aún así se conceden excepciones: poder seguir al competidor que vende bajo para no perder clientes, liquidaciones, saldos de género antes de que se pierda...

Por no citar también lo complejo que debe ser poder demostrar que una factura determinada corresponde fehacientemente a un género concreto y no a otro. Puede que para cualquiera sea fácil a priori, pero a los hechos prácticos nos remitimos: todo es darle vueltas y más vueltas al asunto, quejas, denuncias, reuniones, promesas, normativas que desarrollan y tratan de perfeccionar otras anteriores, inspecciones, expedientes... Pero nada nuevo. Todo sigue igual mientras se repiten las mismas historias de siempre.


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Alberic renueva su apuesta solidaria para que todas las familias cuenten con un puchero navideño

13/11/2020

Alberic renueva su apuesta solidaria para que todas las familias cuenten con un puchero navideño

Ninguna familia de Alberic sin puchero navideño. Ese es el propósito de la renovación de la campaña que, desde hace años, particularizan los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Alberic y que cuenta con una gran acogida, tanto por los beneficiados como por el resto de la población, que valora el acto de solidaridad en unas fechas muy especiales, que este año, además, estarán enmarcadas en la recesión económica como fruto de la pandemia del Coronavirus. “Un putxero per Nadal” ha permitido desde hace años (y también este) suplir las carencias de las familias más necesitadas del municipio, a las que el consistorio entregará un vale canjeable en los comercios locales para que adquieran los alimentos necesarios para cocinar un típico plato navideño en fechas tan señaladas. La solicitud con la documentación para acceder al donativo se tendrá que presentar desde el 12 al 25 de noviembre. Para poder optar a los alimentos, las familias deben cumplir unos requisitos que permiten a la corporación municipal comprobar el grado de necesidad. Entre las medidas que se exigen figura estar empadronado en la localidad, presentar la solicitud junto al certificado de pensiones, el del Servef y la última nómina en el caso de trabajar. Después del proceso, los seleccionados recibirán un vale mediante el cual podrán adquirir en los comercios de Alberic los alimentos para elaborar el puchero. “La propuesta nació hace ya muchos años y la verdad es que siempre ha disfrutado de muy buena acogida porque es un acto solidario muy bonito en unas fechas de gran tradición familiar. El Ayuntamiento se ha definido siempre por la solidaridad con aquellos que más lo necesitan y, desgraciadamente, la situación de crisis nos hace pensar que pueden ser más los que accedan a este tipo de ayudas porque la crisis del Covid-19 ha provocado que las complicaciones económicas sean mayores entre las familias. Es por ello que ratificamos la apuesta y continuamos nutriendo a los Servicios Sociales para que desarrollen un trabajo hercúleo en beneficio de los vecinos y vecinas de Alberic”, argumenta el alcalde y concejal de Servicios Sociales, Toño Carratalá.             Sin ir más lejos, el Ayuntamiento de Alberic, dentro del Plan de Emergencia y Reactivación Económica para paliar los daños en la economía local provocados por la pandemia del Covid-19, hizo crecer la partida destinada a los Servicios Sociales en 65.000 euros para abastecer las nuevas necesidades ciudadanas. Otras propuestas han permitido diseñar una campaña multiárea en la que también se integran las concejalías de Sanidad de Isabel Beta o la de Seguridad de María Dalmau para coordinar a los agentes locales de la Policía con las técnicas de los Servicios Sociales para tener una mayor presencia junto, por ejemplo, a las personas mayores que viven solas y que por lo tanto no cuentan con la compañía necesaria.