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25/04/2018

El Congreso aprueba la ley del desahucio exprés de viviendas okupadas

El Congreso aprueba la ley del desahucio exprés de viviendas okupadas
La Comisión de Justicia del Congreso ha aprobado este martes la proposición de ley del PDeCAT que modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil con el fin de acelerar el proceso para agilizar el fin de la ocupación ilegal de una vivienda en determinados supuestos de propiedad.

La iniciativa, una vez enmendada, ha contado con el respaldo del PP, Ciudadanos y el PNV, mientras que el PSOE, Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, ERC y Compromís han votado en contra. El texto ha sido remitido al Senado para completar su tramitación.

Finalmente los socialistas se han descolgado de un texto que, en gran medida, habían acordado y respaldado en la fase de ponencia, lo que ha sido afeado por diferentes grupos durante el debate en Comisión. Según alegan, el resultado «final no tiene medidas concretas contra los extorsionadores, sino contra los ocupantes«.

La ley ha acabado definiéndose como una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil «en relación con la ocupación ilegal de inmuebles«, pese a que en un primer momento fue presentada como una modificación para regular »un procedimiento específico para garantizar la posesión de viviendas titularidad de propietarios personas físicas y para asegurar a las entidades sociales y a las administraciones públicas la disponibilidad de las viviendas en su haber destinadas a alquiler social«.

En la votación de enmiendas en la Comisión se han excluido del proceso de desahucio exprés a las entidades privadas y gestoras de un fondo de viviendas destinadas al alquiler social, que venían incluidas en el texto aprobado por la ponencia, lo que abría la puerta a que entidades financieras o fondos buitre pudieran acogerse a estos procedimientos.

Según la propuesta finalmente aprobada, podrán pedir «la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento» las personas físicas propietarias de vivienda, entidades sin ánimo de lucro y «entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social».

Sentencia en menos de 20 días

En este caso, se trasladará una notificación a los ocupantes, extensible a aquellos que en ese momento no se encuentren en la vivienda. Desde entonces, se exigirá a estos ocupantes que justifiquen la situación de posesión. Ante esto, «exclusivamente» podrán fundamentar su oposición a la demanda en «la existencia de título suficiente para poseer la vivienda o en la falta de título» por parte del demandante.

En caso de no aportarse «justificación suficiente, el tribunal ordenará mediante auto la inmediata entrega de la posesión de la vivienda«. Contra este auto, reza la ley, »no cabrá recurso alguno y se llevará a efecto contra cualquiera de los ocupantes que se encontraren en ese momento en la vivienda«.

Asimismo, también se dictará sentencia «de inmediato» en caso de que el demandado no contestara al requerimiento en el plazo previsto de cinco días. La ley, además, posibilita la ejecución, si así lo solicitara el demandante, sin la necesidad de que transcurra el plazo de 20 días previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Comunicación a los servicios sociales

La ley contempla la comunicación «a los servicios públicos competentes en materia de política social« en diferentes fases del proceso »si procediera su actuación«, aunque no de oficio sino una vez se obtuviera consentimiento de »los interesados«.

La primera de ellas, en caso de identificarse a los ocupantes al efectuar la notificación de la demanda, al acordarse la entrega de la posesión de la vivienda y el desalojo y también cuando se fije la fecha para ejecutar el desahucio. Al acordar la entrega de la posesión, se fija un plazo de siete días para que estos servicios públicos puedan «adoptar las medidas de protección que en su caso procedan».

Sin embargo, la proposición de ley no garantiza la alternativa habitacional para los desahucios de estas ocupaciones y no tiene definidas medidas concretas para aquellos casos en los que las personas desahuciadas se encuentren en una situación de vulnerabilidad.

Establece, eso sí, la obligación de las administraciones públicas de incorporar en sus protocolos de vivienda «medidas ágiles de coordinación y cooperación al objeto de prevenir situaciones de exclusión residencial», con el fin de «dar respuesta adecuada y más lo más inmediata posible» a casos de vulnerabilidad.

Estos protocolos, subraya esta medida incluida en una disposición adicional, «garantizarán la creación de registros» donde incorporar «datos sobre el parque de viviendas sociales disponibles para atender a personas o familias en riesgo de exclusión».


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31/08/2021

Alberic renueva su apuesta solidaria para que todas las familias cuenten con un puchero navideño

13/11/2020

Alberic renueva su apuesta solidaria para que todas las familias cuenten con un puchero navideño

Ninguna familia de Alberic sin puchero navideño. Ese es el propósito de la renovación de la campaña que, desde hace años, particularizan los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Alberic y que cuenta con una gran acogida, tanto por los beneficiados como por el resto de la población, que valora el acto de solidaridad en unas fechas muy especiales, que este año, además, estarán enmarcadas en la recesión económica como fruto de la pandemia del Coronavirus. “Un putxero per Nadal” ha permitido desde hace años (y también este) suplir las carencias de las familias más necesitadas del municipio, a las que el consistorio entregará un vale canjeable en los comercios locales para que adquieran los alimentos necesarios para cocinar un típico plato navideño en fechas tan señaladas. La solicitud con la documentación para acceder al donativo se tendrá que presentar desde el 12 al 25 de noviembre. Para poder optar a los alimentos, las familias deben cumplir unos requisitos que permiten a la corporación municipal comprobar el grado de necesidad. Entre las medidas que se exigen figura estar empadronado en la localidad, presentar la solicitud junto al certificado de pensiones, el del Servef y la última nómina en el caso de trabajar. Después del proceso, los seleccionados recibirán un vale mediante el cual podrán adquirir en los comercios de Alberic los alimentos para elaborar el puchero. “La propuesta nació hace ya muchos años y la verdad es que siempre ha disfrutado de muy buena acogida porque es un acto solidario muy bonito en unas fechas de gran tradición familiar. El Ayuntamiento se ha definido siempre por la solidaridad con aquellos que más lo necesitan y, desgraciadamente, la situación de crisis nos hace pensar que pueden ser más los que accedan a este tipo de ayudas porque la crisis del Covid-19 ha provocado que las complicaciones económicas sean mayores entre las familias. Es por ello que ratificamos la apuesta y continuamos nutriendo a los Servicios Sociales para que desarrollen un trabajo hercúleo en beneficio de los vecinos y vecinas de Alberic”, argumenta el alcalde y concejal de Servicios Sociales, Toño Carratalá.             Sin ir más lejos, el Ayuntamiento de Alberic, dentro del Plan de Emergencia y Reactivación Económica para paliar los daños en la economía local provocados por la pandemia del Covid-19, hizo crecer la partida destinada a los Servicios Sociales en 65.000 euros para abastecer las nuevas necesidades ciudadanas. Otras propuestas han permitido diseñar una campaña multiárea en la que también se integran las concejalías de Sanidad de Isabel Beta o la de Seguridad de María Dalmau para coordinar a los agentes locales de la Policía con las técnicas de los Servicios Sociales para tener una mayor presencia junto, por ejemplo, a las personas mayores que viven solas y que por lo tanto no cuentan con la compañía necesaria.