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30/08/2016

La Línea: Asuntos Sociales multa a un chiringuito por venta de alcohol a menores

La Línea:  Asuntos Sociales multa a un chiringuito por venta de alcohol a menores
El departamento municipal de Asuntos Sociales ha informado que su departamento ha impuesto una sanción de 3.001 euros a un chiringuito de una de las playas de la localidad. En concreto, los hechos tuvieron lugar el 13 de julio de 2015, y según un acta de infracción incoada por agentes de la Policía Local, a las 15.55 horas se realizó una visita de inspección, resultando de la misma la constatación de que en su interior se encontraban varios menores de edad consumiendo bebidas alcohólicas.
El acta fue trasladada a la concejalía de Asuntos Sociales del Ayuntamiento, por ser el órgano competente para la tramitación del correspondiente expediente sancionador, para la cual, en principio, se nombró instructor y secretaria del mismo, y se recopilaron los medios de prueba procedentes, practicándose las sucesivas notificaciones, la mayoría de ellas a través de boletines oficiales dado que, a pesar de que se trata de un establecimiento que opera con una autorización administrativa, las notificaciones eran rechazadas por la empresa titular, debiéndose acudir a los tablones de edictos y a los boletines oficiales de la provincia y del Estado para continuar con su curso. Además, la mercantil titular del local no ha presentado ningún escrito de alegaciones en ninguna de las fases del procedimiento.
Asuntos Sociales, como responsables de la tramitación, identificaron que los hechos cometidos constituían una falta grave prevista en el artículo 26.1.a) de la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en materia de Drogas de Andalucía, que en concreto dice que “Queda prohibido, en relación con las bebidas alcohólicas: a) La venta o suministro a menores de 18 años, así como permitirles el consumo dentro de los establecimientos”.
Por ello, según informa el teniente de alcalde y delegado de esta área, Helenio Lucas Fernández, “el instructor propuso una sanción de 3.001 euros, la cuantía mínima dentro del abanico de sanciones previsto en el artículo 39 de la Ley, que contempla la posibilidad de regularla entre 3.001 a 15.000 euros cuando las sanciones castigan una falta grave, como es el caso. En este supuesto, al no constar antecedentes de sanciones anteriores, se impuso la mínima. Si se vuelve a repetir, la sanción será muy superior, probablemente”.
Fernández aclaró que el Ayuntamiento es competente porque los Servicios Sociales gestionaron la suscripción de un convenio de colaboración con el Comisionado para las Drogodependencias, firmado el 29 de julio de 2002 y publicado en el BOJA el 26 de febrero de 2004. 
El alcalde, Juan Franco, a la vista de la propuesta del órgano instructor, emitió un decreto el pasado 11 de agosto que fue comunicado ese mismo día por agentes de la Policía Local a la persona que se identificó como responsable del establecimiento.
El teniente de alcalde ha manifestado que su departamento seguirá tramitando con rigor y firmeza los expedientes sancionadores que correspondan, a la vistas de las actas que reciban, para perseguir la venta de alcohol a menores, y su consumo en el interior de establecimientos.
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