25/09/2015
San Roque: El alcalde, dispuesto a que el Ayuntamiento se integre en el Grupo Transfronterizo
Como primer paso, en la reunión se designó a un técnico municipal para que sirva de enlace con el Grupo Transfronterizo y también le preste asesoramiento jurídico, ya que este organismo pretende constituirse como Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT). Este tipo de agrupaciones ya funcionan con éxito en otras regiones fronterizas, como Huelva-Algarve, Galicia-Norte de Portugal o Euskadi-Aquitania.
Las AECT transcienden la mera cooperación transfronteriza, ya que también incluyen la cooperación transnacional e interregional. Tras la nueva regulación europea se abre además la posibilidad de cooperar con terceros Estados no miembros de la Unión, como Marruecos.
Las AECT están dotadas de personalidad jurídica, se regulan directamente por un reglamento de la UE aprobado en 2013 y por la normativa complementaria de los Estados miembros, que en el caso de España se aprobó en enero pasado. Los miembros de estas agrupaciones pueden ser tanto autoridades regionales y locales, como organismos de Derecho Público (asociaciones, cámaras de comercio, sindicatos...) y los propios Estados miembros, siendo este último aspecto el más novedoso de la regulación. Los miembros deben proceder al menos de dos Estados de la Unión Europea.
La constitución y regulación de las AECT se recoge en un convenio de cooperación territorial y en los estatutos de los que se dote cada agrupación en todo lo referente a su organización y funcionamiento. El principal objetivo de las AECT es el fortalecimiento de la cohesión económica, social y territorial en el ámbito geográfico de las mismas.
Cada agrupación gestiona su propio presupuesto, dispone de medios económicos y de personal propios y tiene capacidad para celebrar contratos, todo ello dentro del límite de las competencias atribuidas a cada miembro de la agrupación por la legislación nacional que le sea de aplicación.
Con esta figura, la Unión Europea va más allá del concepto clásico de la cooperación transfronteriza, entendida sólo entre vecinos fronterizos y se abre la nueva vía de la “cooperación territorial”, en la que los propios Estados o regiones, incluso no fronterizos entre sí, pueden alcanzar acuerdos que beneficien los intereses económicos o culturales comunes.