11/09/2017
Tarifa: El eurodiputado Florent Marcellesi pregunta sobre los vertidos en Los Lances
La Comisión es consciente de la situación que describe su señoría y ha tomado medidas para poner remedio a la aplicación no conforme de la legislación de la UE que está provocando daños al medio ambiente y está poniendo en peligro la salud de los ciudadanos.
Tarifa es una de las 37 aglomeraciones urbanas de más de 15000 e-h que vierten sus aguas residuales urbanas en aguas receptoras que no se consideran zonas sensibles en las que el Tribunal de Justicia de la UE resolvió en 2011 que España no estaba aplicando adecuadamente los artículos 3 y 4 de la Directiva 91/271/CEE en lo que respecta a la recogida y al tratamiento de las aguas residuales urbanas. La obligación de dichas aglomeraciones urbanas de dotarse de sistemas de recogida y tratamiento de aguas residuales entró en vigor el 1 de enero de 2001.
En mayo de 2013, la Comisión envió una carta de emplazamiento a España en virtud del artículo 260 del Tratado de Funcionamiento de la Unión (TFUE) para garantizar que la citada sentencia se había ejecutado plenamente. La evaluación de la información presentada por España puso de manifiesto que la situación de 17 de las aglomeraciones urbanas en cuestión, incluida Tarifa, seguía sin resolverse.
Por consiguiente, la Comisión decidió llevar a España ante el Tribunal por segunda vez en virtud del artículo 260 del TFEU y pidió al Tribunal que impusiera sanciones financieras. El 20 de abril de 2017 interpuso un recurso ante el Tribunal.
En este documento, dicen, podemos encontrar citado en la pagína 16 entre otras, a Tarifa (2) , indicando que, gracias al siguiente nuevo Dictamen, quienes deberemos pagar las nuevas sanciones financieras cometidas por omisión y negligencia continuada de nuestros representantes locales como regionales seremos todos nosotros, los ciudadanos.