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28/05/2018

La Línea: El lunes, pleno extraordinario con la ampliación del plazo para resolver alegaciones a la RPT como único punto del orden del día

La Línea:  El lunes, pleno extraordinario con la ampliación del plazo para resolver alegaciones a la RPT como único punto del orden del día
El próximo lunes, día 28 de mayo, a las 08.00 horas, se celebrará una sesión extraordinaria de pleno con un único punto en su orden del día: la propuesta de acuerdo de ampliación del plazo para resolver alegaciones y notificar el procedimiento de aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) hasta un máximo de tres meses.
La decisión parte de la solicitud formulada ayer por la empresa CIEM, adjudicataria del contrato de servicio para la elaboración de la RPT del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, firmado el 29 de septiembre de 2015, solicitando la ampliación del plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento o expediente de aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo, alegando la imposibilidad de informar al número de alegaciones presentadas.
Se plantea lo insuficiente del plazo establecido inicialmente para la tramitación, aprobación y publicación de la RPT, especialmente para poder realizar un análisis sobre el contenido de las alegaciones formuladas, 40 de ellas por parte de los sindicatos y empleados municipales, en las que se solicitaba la ampliación en diez días del plazo para presentarlas, resueltas por decreto desestimatorio el 24 de abril y notificadas a los interesados, y 419 alegaciones contra el acuerdo de aprobación inicial, en su mayor parte formuladas por empleados municipales, así como por las secciones sindicales y partidos políticos.
Según lo dispuesto en el artículo 21.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se permite ante un elevado número de alegaciones que el organismo competente pueda acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, una vez agotados los medios personales y materiales disponibles. Contra dicho acuerdo, que deberá ser notificado a los interesados, no cabe la interposición de recurso alguno.
La empresa consultora ha alegado que ha dedicado todos los medios disponibles, no siendo posible realizar el análisis de las alegaciones en los plazos establecidos tanto por la complejidad del expediente, el elevado número de documentación aportada, la necesidad de evaluar la abundante información y la de contrastar la información relativa a cada caso en particular.
Considerando que el inicio del procedimiento de aprobación de la RPT comenzó con el Decreto de Alcaldía nº 864/2018, de 6 de marzo, y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 21.3, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los procedimientos iniciados de oficio el cómputo se inicia desde la fecha del acuerdo de iniciación, es decir desde el mismo 6 de marzo, por lo que el plazo máximo para resolver y notificar finalizaría el próximo 6 de junio. Se considera insuficiente dicho plazo para la tramitación, aprobación y publicación del documento.
Por todo ello, solicita la ampliación del plazo de resolución y notificación del expediente hasta un máximo de tres meses. Este plazo no solo será para informar sobre las alegaciones, sino para que el pleno apruebe definitivamente el expediente.
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