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24/11/2015

San Roque: Publicadas las listas provisionales para el programa de empleo de Inclusión Social

San Roque:  Publicadas las listas provisionales para el programa de empleo de Inclusión Social
Además, hasta el próximo sábado funcionará en el Edificio de Asuntos Sociales un registro auxiliar para presentar reclamaciones o entregar la documentación pendiente. Asimismo, hasta el viernes se podrán realizar ambas tareas en las alcaldías de barrio.

Concretamente, se han publicado: la lista provisional de personas admitidas, la lista provisional de personas excluidas y la lista provisional de personas que han de subsanar las solicitudes. Hay que recordar que el PACA 2015 forma parte de las Medidas Extraordinarias y Urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, que se aprobó en 2014 y se prorrogó en marzo de este año. En el caso de San Roque, la previsión es la contratación a través del Ayuntamiento de unas 40 personas durante un periodo de tres meses.

La concejal delegada de Bienestar Social, María Teresa Benítez, ha animado “a todas las personas que han optado a este programa a consultar las listas cuanto antes, sobre todo por si tienen que presentar reclamaciones o aportar documentación. El plazo estipulado finaliza el sábado y nos gustaría publicar la lista definitiva dos semanas después de terminar dicho plazo”.

Recordó que “a través de este programa, la Junta de Andalucía asigna a cada ayuntamiento una cantidad para llevar a cabo contrataciones en periodos de entre 15 días y tres meses. En el caso de San Roque la cifra asciende a 127.392 euros, y hemos elegido que sean contrataciones de tres meses de duración y a jornada completa, por lo que el número de empleos será de unos cuarenta en la categoría laboral de Peones en general, para realizar labores de mantenimiento como limpieza o pintura”.

Finalizó Benítez indicando que “esta herramienta, que funciona por segundo año consecutivo, se ha puesto en marcha desde la Junta para paliar los casos más graves de desempleo en las familias, que pudieran llevarles a la exclusión social. En el caso de San Roque, es un complemento a los trabajos de temporada, unos planes de empleo del Ayuntamiento que en los últimos años han beneficiado a centenares de vecinos y vecinas del municipio”, concluyó.

Las personas destinatarias del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación son aquellas que se encuentran en edad laboral y que pertenezcan a una unidad familiar que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 8 de del Decreto-Ley 8/2014.

El plazo de presentación de solicitudes fue desde el 8 al 30 de septiembre. Las personas solicitantes debían estar empadronadas en el municipio de San Roque y reunir varios requisitos, como que en el momento de la presentación de la solicitud se encontraran en situación de demandante de empleo, inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo, y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.

Igualmente, que en el momento de la presentación de la solicitud pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

- Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud, todas las personas que componen la unidad familiar (solicitante, su cónyuge o pareja de hecho y los hijos de ambos, independientemente de su edad) hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y las personas andaluzas retornadas.

- Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud sea:

Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona. (3.195,06 €).

Inferior a 1,3 veces el IPREM para familias de 2 personas. (4.153,56 €).

Inferior a 1,5 veces el IPREM para familias de 3 personas. (4.792,56 €).

Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de 4 o más personas. (5.431,62 €).

Se exige que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe Social de los Servicios Sociales Comunitarios del Ilustre Ayuntamiento de San Roque.

Entre las personas que cumplan los requisitos antes detallados, el propio Decreto Ley 8/2014, establece en su artículo 9 que tendrán prioridad para la adjudicación aquéllas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de prelación alguna de las circunstancias siguientes:

a) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros, no hayan realizado actividad laboral de empleo durante al menos seis meses del año anterior a la fecha de solicitud.

b) Que la persona solicitante o alguno de las que componen la unidad familiar sea víctima de violencia de género. En ningún caso la persona solicitante podrá ser el agresor y tendrá esta consideración la persona procesada y condenada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia contra la Mujer.

c) Que alguno de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia.

d) Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo o hija a cargo.

e) Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.

f) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente.

g) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos hijos o hijas a cargo.

h) Que la persona solicitante sea residente en Zonas con Necesidades de Transformación Social.

i) Que la persona solicitante sea mujer.

j) Que la persona solicitante sea mayor de cincuenta años.
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