23/11/2015
El 20 de noviembre se celebró el día Internacional de Los Derechos del Niño
Pleno Municipal Infantil en el Ayuntamiento de Palencia
El 20 de noviembre marca la fecha en que la Asamblea aprobó:
1.-La Declaración de los Derechos del Niño en 1959:
En 1924, la Sociedad de Naciones aprobó la Declaración de Ginebra, un documento que pasó a ser histórico, ya que por primera vez reconocía y afirmaba la existencia de derechos específicos de los niños, así como la responsabilidad de los adultos hacia ellos.
Las Naciones Unidas se fundaron una vez terminada la Segunda Guerra Mundial. Después de la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, la mejora en el ámbito de los derechos, reveló ciertas deficiencias en la Declaración de Ginebra, propiciando así la modificación de dicho texto.
Varios Estados miembros solicitaron la creación de una convención, es decir, un instrumento internacional, que vincularía legalmente a aquellos Estados que la ratificasen; esta propuesta no fue adoptada.
Fue entonces cuando decidieron optaron por elaborar una segunda Declaración de los Derechos del Niño, considerando nuevamente la noción de que «la humanidad le debe al niño lo mejor que puede darle ofrecerle».
El 20 de noviembre de 1959, se aprobó la Declaración de los Derechos del Niño de manera unánime por todos los 78 Estados miembros de la ONU. Esta fue adoptada y aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante su resolución 1386 (XIV) en la Resolución 1386 (XIV).
Contenido de la Declaración de los Derechos del Niño
“El niño es reconocido universalmente como un ser humano que debe ser capaz de desarrollarse física, mental, social, moral y espiritualmente con libertad y dignidad”
Cabe destacar que ni la Declaración de Ginebra de 1924, ni la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, definen qué periodo comprende la infancia, es decir la edad de cuándo empieza y termina la infancia, esto es principalmente con el fin de evitar pronunciarse sobre en el tema del aborto.
Sin embargo, el Preámbulo de la Declaración de los Derechos del Niño, resalta la idea de que los niños necesitan protección y cuidado especial , “incluyendo una protección legal adecuada, antes del nacimiento y después del nacimiento”.
La Declaración de los Derechos del Niño establece diez principios:
•1. El derecho a la igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad.
•2. El derecho a tener una protección especial para el desarrollo físico, mental y social del niño.
•3. El derecho a un nombre y a una nacionalidad desde su nacimiento.
•4. El derecho a una alimentación, vivienda y atención médicos adecuados.
•5. El derecho a una educación y a un tratamiento especial para aquellos niños que sufren alguna discapacidad mental o física.
•6. El derecho a la comprensión y al amor de los padres y de la sociedad.
•7. El derecho a actividades recreativas y a una educación gratuita.
•8. El derecho a estar entre los primeros en recibir ayuda en cualquier circunstancia.
•9. El derecho a la protección contra cualquier forma de abandono, crueldad y explotación.
•10. El derecho a ser criado con un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos y hermandad universal.
2.-La Convención sobre los Derechos del Niño en 1989.
La Convención sobre los derechos del niño fue proclamada y adoptada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de 1989.
En ella se establecen los derechos inalienables de todos los niños y las niñas, pero también las obligaciones de los Estados, los poderes públicos, los padres, las madres y la sociedad en su conjunto, incluidos los propios niños y niñas, para garantizar el respeto de esos derechos y su disfrute por todos los niños sin distinción de ningún tipo.
Es el tratado internacional de derechos humanos más ampliamente respaldado, 196 naciones lo han ratificado. Estados Unidos es el único país que no ha completado el proceso de ratificación de la Convención.
España ratificó la Convención un año después de su aprobación. De acuerdo con la Constitución española, la Convención es parte integrante del ordenamiento jurídico, de aplicación directa en España y el estándar mínimo que debe respetarse a la hora de legislar y desarrollar políticas públicas que afecten a la infancia.
Los cuatro principios sobre los que se establece la Convención son la no discriminación, la primacía del interés superior de menor, la garantía de la supervivencia y el pleno desarrollo, y la participación infantil.
La Convención tiene 54 artículos en los que desarrolla, entre otros, el derecho de los niños y niñas a la protección contra todo tipo de violencia y explotación, a la educación, al más alto nivel posible de salud, y a beneficiarse de políticas sociales que garanticen un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
La Convención sobre los derechos del niño se completa con tres protocolos facultativos, relativos a la venta de niños, la prostitución y la pornografía infantiles, y la participación de los niños en los conflictos armados. El tercer protocolo fue aprobado en 2014 y es el que permite a los propios niños o adultos en su nombre, presentar quejas individuales ante el Comité de los derechos del niño.
El Comité de los derechos del niño es un órgano establecido por la propia Convención para hacer seguimiento y evaluar el cumplimiento de la misma por parte de los Estados. Está formado por 18 expertos independientes de distintas nacionalidades.
Cada cinco años los distintos gobiernos de todos los países que han ratificado la Convención deben presentar un informe al Comité donde explican la situación de los derechos de los niños y las niñas en su país y describen las medidas que han adoptado para hacer que se cumplan sus derechos. El Comité analiza estos informes y elabora unas recomendaciones para que cada país mejore su forma de proteger a los niños y las niñas, es lo que se llaman Observaciones Finales.
Las Observaciones Generales del Comité sirven para que políticos, profesores, jueces, abogados, ciudadanos, etc. sepan interpretar y aplicar correctamente los derechos de los niños y las niñas.
Por parte del Ayuntamiento de Palencia, además de, como es lógico, velar porque se cumplan los Derechos del Niño en las materias que le competen, se hace un esfuerzo muy importante para favorecer que los niños palentinos tengan un papel más representativo en la sociedad.
Por este motivo, y tal y como reconoce UNICEF al habernos otorgado inicialmente y renovado el sello de Ciudad Amiga de la Infancia, además de otros premios y reconocimientos (Derechos de la Infancia y Política Municipal), desde la Concejalía de Infancia y Juventud se realiza un trabajo diario muy importante para lograr ese objetivo, todo ello recogido en un Plan Municipal sobre Infancia, que ya va por su tercera edición.
Dentro del mismo se establecen:
1.-Consejo Municipal de la Infancia, creado por este Equipo de Gobierno para que participen en la organización de eventos tales como el Mes de la Infancia
2.-Programación Mes de la Infancia, actividades previstas desde el Ayuntamiento así como desde el resto de actividades juveniles para favorecer el ocio saludable y la formación y el crecimiento de los niños palentinos
3.-Pleno Municipal Infantil, actividad puntual en la que estudiantes palentinos transmiten al Equipo de Gobierno sus principales propuestas para mejorar la ciudad en los diferentes ámbitos competenciales del Ayuntamiento
4.-Programas específicos para la Infancia y Juventud, '+Joven', THAO, De Voteyon, El Principal con Chupete, Pequejuegos...