07/03/2016
Acuerdos de la Junta de Gobierno Local de Palencia
En la ciudad de Palencia y en la Casa Consistorial, siendo las nueve horas y quince minutos del día cuatro de marzo del año dos mil dieciséis, se reúne la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde, D. Alfonso POLANCO REBOLLEDA, con asistencia de los siguientes miembros de esta Junta: D. David VAZQUEZ GARRIDO, Dª Mª Paloma RIVERO ORTEGA y D. Luís Ángel PEREZ SOTELO, pertenecientes al Partido Popular; D. Juan Pablo IZQUIERDO FERNÁNDEZ, D. Mario SIMÓN MARTÍN y D. Juan José LERONES GONZÁLEZ pertenecientes a Ciudadanos-C´s Palencia; Dª Raquel Miriam ANDRÉS PRIETO perteneciente al PSOE y D. Juan Antonio GASCÓN SORRIBAS de Ganemos Palencia. Asistidos por D. Carlos AIZPURU BUSTO, Secretario General y Dª Teresa NEGUERUELA SÁNCHEZ, Interventora.
Abierta la sesión por la Presidencia, se procedió a examinar los asuntos que integran el Orden del Día, adoptándose los siguientes acuerdos:
1.- Aprobación, si procede, del borrador del Acta de la sesión ordinaria celebrada el día 26 de febrero de 2016.
Se aprueba, el borrador del Acta de la sesión ordinaria celebrada el día 26 de febrero de 2016.
2.- LICENCIAS DE OBRAS.
Vistos los informes técnicos emitidos, haciendo constar la adecuación de las obras a las normas urbanísticas y ordenanzas municipales, así como a las disposiciones y reglamentos vigentes y previo dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y Vivienda, la Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de competencias efectuada por Decreto de la Alcaldía nº 5272 de 19 de junio de 2015, acuerda conceder las siguientes licencias de obras y aprobar las liquidaciones tributarias en la forma y cuantía que se especifica:
2.1 A Dª Patricia Ordás Aguado, para adecuación de local para uso como peluquería en Avda de Cuba, nº 10, según Proyecto de Arquitecto Técnico D. Pablo Cagigas Diego, visado el 28/01/2016, para “Adecuación de local para uso como peluquería” en avenida de Cuba nº 10 de esta ciudad (L.O. Nº 98/2016).
Comprobada la autoliquidación e ingreso de las cuotas tributarias, realizada el 02.01.2016, correspondientes a la Tasa por otorgamiento de esta licencia y al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por importes, respectivamente de: 1.872,60 € y 1.666,61 €, resultan conformes, de acuerdo con el coste declarado de las obras y con los tipos o tarifas establecidos en las ordenanzas fiscales municipales, sin perjuicio de la declaración y comprobación que proceda, al finalizar las obras, si hubiera modificación en el coste de las mismas, respecto al declarado inicialmente.
El acuerdo que antecede se adopta por unanimidad.
2.2 A Fundación Valora, 2 C.E.E., para adaptación de nave para taller de tapicería, en parcela 197 en Calle de los Tejedores, según Proyecto de Ejecución de Ingeniero Industrial D. Mariano Bodero Cancio y del Arquitecto D. Roberto Simón Abril, visado el 26/01/2016.
Comprobada la autoliquidación e ingreso de las cuotas tributarias, realizada el 04.02.2016, correspondientes a la Tasa por otorgamiento de esta licencia y al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por importes, respectivamente de: 363,00 € y 323,07 €, resultan conformes, de acuerdo con el coste declarado de las obras y con los tipos o tarifas establecidos en las ordenanzas fiscales municipales, sin perjuicio de la declaración y comprobación que proceda, al finalizar las obras, si hubiera modificación en el coste de las mismas, respecto al declarado inicialmente.
El acuerdo que antecede se adopta por unanimidad.
2.3 A Sunday Pilates Palencia, S.L., para reforma de local para centro de pilates en Plaza Pintor Caneja, nº 1, izda, según Proyecto Básico y de Ejecución de la Arquitecta Dña. Silvia Rodríguez Ramajo, sin visado, y documentación complementaria presentada el 16 de diciembre de 2015
Comprobada la autoliquidación e ingreso de las cuotas tributarias, realizada el 28-08-2015 y 02-03-2016, correspondientes a la Tasa por otorgamiento de esta licencia y al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por importes, respectivamente de: 635,20 € y 565,33 €, resultan conformes, de acuerdo con el coste declarado de las obras y con los tipos o tarifas establecidos en las ordenanzas fiscales municipales, sin perjuicio de la declaración y comprobación que proceda, al finalizar las obras, si hubiera modificación en el coste de las mismas, respecto al declarado inicialmente.
El acuerdo que antecede se adopta por unanimidad.
2.4 A D. Eugenio Cordón Fernández, para rehabilitación de vivienda unifamiliar en Polígono 17, parcela 40, (L.O. nº 99/2015).
Examinada solicitud de licencia de obras formulada por D. Eugenio Cordón Ferández, para “Rehabilitación de vivienda unifamiliar aislada” en parcela 40 del polígono 17 de Palencia,
Vistos los informes unidos al expediente y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y Vivienda, la Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de competencias efectuada por Decreto de la Alcaldía nº 5272 de 19 de junio de 2015, adopta el siguiente acuerdo:
? Iniciar procedimiento para autorización de uso Excepcional en Suelo Rústico, para “Rehabilitación de vivienda unifamiliar aislada” en parcela 40 del polígono 17 de Palencia solicitado por D. EUGENIO CORDÓN FERNÁNDEZ, según Proyecto Básico y de Ejecución de Arquitecto D. Alejandro Salgado Escudero, sometiendo el expediente a información pública, en los términos establecidos en los arts. 306, 307 y 308 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
El acuerdo que antecede se adopta por unanimidad.
3.- LICENCIAS DE OBRAS Y AMBIENTAL.
3.1 Mokalia Huertas S.L., para adaptación de locales comerciales en Centro Comercial “Las Huertas”, en Avda Madrid.
Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, previos dictámenes de las Comisiones Informativas de Medio Ambiente y de Urbanismo y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, la Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de competencias efectuada por Decreto de la Alcaldía nº 5272 de 19 de junio de 2015, adopta el siguiente acuerdo:
1º.- Conceder la licencia ambiental solicitada por Mokalia Huertas S.L., con CIF B-34273169, para adaptación de local comercial a cafetería en Centro Comercial "Las Huertas", en Av. Madrid n° 37, de esta Ciudad (L. Amb. N° 35/2015), con arreglo a las siguientes prescripciones:
• El establecimiento dispondrá de un plan de emergencia con los contenidos mínimos establecidos en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León.
• Deberá tener suscrito un contrato de seguro conforme a lo prescrito en el articulo 6 de la citada Ley 7/2006, de 2 de octubre.
2º.- Calificar la actividad solicitada como molesta por ruidos y olores.
• Local tipo B 6.3 según Anexo de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León.
• Aforo: 53 personas.
• Local sin música.
3º.- Conforme a los artículos 38 y 39 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, con carácter previo al inicio de la actividad sujeta a licencia ambiental se debe de comunicar al Ayuntamiento su puesta en marcha acompañando la documentación que garantice que la instalación se ajusta al proyecto aprobado y la siguiente:
- Certificación del técnico director de la ejecución del proyecto sobre la adecuación de la actividad y de las instalaciones al proyecto objeto de la licencia.
- Acreditación de las demás determinaciones administrativas contenidas en la licencia.
4º.- Notificar la concesión de la licencia al solicitante y a los interesados en el procedimiento.
5º.- Conceder la licencia de obras a Mokalia Huertas S.L., para adaptación de locales comerciales 33-34-35, en Centro Comercial “Las Huertas”, en Avda. Madrid, de esta Ciudad (L.O. nº 1601/2015), según Proyecto de Arquitecto D. Francisco López-Fando Marín, visado el 17/11/2015, , con las siguientes condiciones:
a) Deberá constituir una fianza de 300 € con el fin de asegurar la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición que será devuelta previa acreditación de la correcta gestión en documento que haga referencia a la Licencia de Obras concedida.
b) Si pretende instalación de rótulo deberá solicitarlo en licencia independiente.
c) Deberá cumplir las condiciones y medidas correctoras de la Licencia Ambiental nº 35/2015.
d) La actividad está sometida a Comunicación Ambiental (Declaración responsable) conforme al apartado f del Anexo III del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.
e) Los plazos de ejecución de la licencia son:
• De iniciación e interrupción máxima de las obras: 6 meses.
• De finalización de las obras: 30 meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la concesión de la licencia.
f) Esta licencia se entiende otorgada, dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de terceros, sin que pueda ser invocada para excluir o disminuir cualquier responsabilidad en que pudiera incurrir el beneficiario de la misma, en ejecución de lo autorizado o en el ejercicio de su actividad.
Comprobada la autoliquidación e ingreso de las cuotas tributarias, realizada el 24-11-2015 correspondientes a la Tasa por otorgamiento de esta licencia y al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por importes, respectivamente de: 1.181,46 € y 1.051,50 €, resultan conformes, de acuerdo con el coste declarado de las obras y con los tipos o tarifas establecidos en las ordenanzas fiscales municipales, sin perjuicio de la declaración y comprobación que proceda, al finalizar las obras, si hubiera modificación en el coste de las mismas, respecto al declarado inicialmente.
El acuerdo que antecede se adopta por unanimidad.
3.2 Talleres Neumáticos Saldaña S.L., para construcción de nave taller en Calle Los Yeseros, nº 2.
Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, previos dictámenes de las Comisiones Informativas de Medio Ambiente y de Urbanismo y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, la Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de competencias efectuada por Decreto de la Alcaldía nº 5272 de 19 de junio de 2015, adopta el siguiente acuerdo:
1º.- Conceder la licencia ambiental solicitada por Talleres Neumáticos Saldaña S.L., para taller y exposición de maquinaria agrícola en Calle Los Yeseros, nº 2., con arreglo a las siguientes condicionantes:
- La zona de exposición deberá sectorizarse respecto al resto del establecimiento en las condiciones que marca el RSCIEI.
- Deberá darse de de alta como almacén de neumáticos fuera de uso conforme al Decreto 59/99, de 31 de marzo, por el que se regula la gestión de los neumáticos usados.
- Deberá darse de alta como pequeño productor de residuos peligrosos.
2º.- Calificar la actividad solicitada como molesta por ruidos, peligrosa por residuos y nociva por vertidos.
3º.- Conforme a los artículos 38 y 39 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, con carácter previo al inicio de la actividad sujeta a licencia ambiental se debe de comunicar al Ayuntamiento su puesta en marcha acompañando la documentación que garantice que la instalación se ajusta al proyecto aprobado.
4º.- Notificar la concesión de la licencia al solicitante y a los interesados en el procedimiento.
5º.- Conceder la licencia de obras a Talleres Neumáticos Saldaña S.L. según Proyecto Básico y de Ejecución de Ingeniero Industrial D. Francisco Saludador Olivas, visado el 21/09/2015, para “Nave taller y exposición maquinaria” en C/ Yeseros nº 2 de esta ciudad, con las siguientes condiciones:
a) La zona de exposición de maquinaria del resto del establecimiento deberá cumplir el reglamento RSCIEI.
b) Deberá constituir una fianza de 1862,07 € con el fin de asegurar la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición que será devuelta previa acreditación de la correcta gestión en documento que haga referencia a la Licencia de Obras concedida.
c) Deberá dar cumplimiento al Reglamento de Aguas en cuanto a su conexión a la red municipal existente.
d) Se recuerda que, según el artículo 77 del PGOU, las industrias deberán disponer en el interior de la parcela, además de las plazas de aparcamiento necesarias para el desarrollo de su actividad, otras expresamente destinadas a operaciones de carga y descarga que, cuando la instalación sea superior a 300 metros cuadrados, tendrá la capacidad mínima para un camión
e) Deberá cumplir las condiciones y medidas correctoras de la Licencia Ambiental nº 34/2015.
f) Concluidas las obras, deberá solicitar primera ocupación o utilización.
g) Antes del inicio de la actividad deberá efectuar comunicación de inicio.
h) Los plazos de ejecución de la licencia son:
• De iniciación e interrupción máxima de las obras: 6 meses.
• De finalización de las obras: 24 meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la concesión de la licencia.
i) Esta licencia se entiende otorgada, dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de terceros, sin que pueda ser invocada para excluir o disminuir cualquier responsabilidad en que pudiera incurrir el beneficiario de la misma, en ejecución de lo autorizado o en el ejercicio de su actividad.
Se aprueban las siguientes liquidaciones tributarias
- Liquidación de Tasas (art. 5º y 7º de la Ordenanza Reguladora)
Base Imponible: 185.393,02 €
Tarifa: 3% sobre presupuesto de ejecución material.
CUOTA TASA 5.561,79 € Total ingresado por autoliquidación 23.09.2015 5.561,79 €
- Liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras : (Art. 100 y ss del RDL 2/2004, de 5 de marzo y 3º de la Ordenanza reguladora).
Base Imponible: 185.393,02 €
Tipo 2,67% sobre presupuesto de ejecución material. 4.949,99 €
Total ingresado por autoliquidación de 23.09.2015 4.949,99 €
Total ingresado 10.511,78 €
Comprobada la anterior autoliquidación, resulte Conforme.
Una vez finalizadas las obras y teniendo en cuenta su coste real y efectivo, se modificará, en su caso, la base imponible antes referida, practicando la correspondiente liquidación definitiva y, exigiendo del sujeto pasivo o reintegrándole, en su caso, la cantidad que corresponda. No obstante, el artículo 10º de la Ordenanza Fiscal aplicable prevé que sea el interesado el que presente la declaración correspondiente, acreditando el presupuesto definitivo, y el que ingrese mediante autoliquidación, el importe de la diferencia respecto de la cuota inicialmente ingresada o, bien solicite la devolución de ingresos indebidos.
El acuerdo que antecede se adopta por unanimidad.
3.3 Construcciones Montes-González S.L., para construcción de nave almacén para empresa de construcción, en Calle Tejedores, nº 27, parcela 21.
Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, previos dictámenes de las Comisiones Informativas de Medio Ambiente y de Urbanismo y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, la Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de competencias efectuada por Decreto de la Alcaldía nº 5272 de 19 de junio de 2015, adopta el siguiente acuerdo:
1º.- Conceder la licencia ambiental solicitada por Construcciones Montes-González S.L., con CIF B-34021881, para almacén de empresa de construcción, en Calle Tejedores, nº 27, P-201 de Palencia, con arreglo a los siguientes condicionantes:
- Las estructuras metálicas deberán protegerse en los valores estipulados en el Reglamento de Seguridad contra Incendios en Establecimientos Industriales.
- Deberá darse de alta como pequeño productor de residuos peligrosos al disponer de arqueta separadora de grasas e hidrocarburos para zona de lavado.
2º.- Calificar la actividad solicitada como molesta por ruidos, nociva por vertidos y peligrosa por carga térmica.
3º.- Conforme a los artículos 33 y 34 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, con carácter previo al inicio de la actividad sujeta a licencia ambiental se debe de comunicar al Ayuntamiento su puesta en marcha acompañando la documentación que garantice que la instalación se ajusta al proyecto aprobado, así como a las medidas correctoras adicionales impuestas en la licencia ambiental.
4º.- Notificar la concesión de la licencia al solicitante y a los interesados en el procedimiento.
5º.- Conceder la licencia de obras a Montes González S.L. para construcción de nave almacén para empresa de construcción” en calle Tejedores nº 27, parcela 21, de esta ciudad (L.O. nº 1458/2015), según Proyecto de ejecución del Ingeniero Agrónomo D. José María Moreno García, visado el 20/10/2015, con las siguientes condiciones:
a) Se recuerda que deben protegerse las estructuras metálicas en los valores que pide el reglamento RDSI-EI.
b) Deberá constituir una fianza de 300€ con el fin de asegurar la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición que será devuelta previa acreditación de la correcta gestión en documento que haga referencia a la Licencia de Obras concedida.
c) Deberá cumplir estrictamente la Licencia Ambiental, las medidas correctoras y el resto de las condiciones.
d) Al colector de las aguas pluviales solo podrán acometer las aguas de lluvia procedentes de la cubierta; el resto de aguas pluviales de los retranqueos acometerán al colector de residuos.
e) Los plazos para ejecutar las obras son:
• De iniciación de las obras: máximo seis meses.
• De interrupción máxima de las obras: seis meses.
• De finalización de las obras: 30 meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la concesión de la licencia.
f) Esta licencia se entiende otorgada, dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de terceros, sin que pueda ser invocada para excluir o disminuir cualquier responsabilidad en que pudiera incurrir el beneficiario de la misma, en ejecución de lo autorizado o en el ejercicio de su actividad.
Se aprueban las siguientes liquidaciones tributarias
- Liquidación de Tasas (art. 5º y 7º de la Ordenanza Reguladora)
Base Imponible: 85.770,00 €
Tarifa: 3% sobre presupuesto de ejecución material. 2.573,10 €
CUOTA TASA
Total ingresado por autoliquidación 23.10.2015 2.573,10 €
- Liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras : (Art. 100 y ss del RDL 2/2004, de 5 de marzo y 3º de la Ordenanza reguladora).
Base Imponible: 85.770,00 €
Tipo 2,67% sobre presupuesto de ejecución material. 2.290,06 €
Total ingresado por autoliquidación de 23.10.2015 2.290,06 €
Comprobada la anterior autoliquidación, resulte Conforme.
Una vez finalizadas las obras y teniendo en cuenta su coste real y efectivo, se modificará, en su caso, la base imponible antes referida, practicando la correspondiente liquidación definitiva y, exigiendo del sujeto pasivo o reintegrándole, en su caso, la cantidad que corresponda. No obstante, el artículo 10º de la Ordenanza Fiscal aplicable prevé que sea el interesado el que presente la declaración correspondiente, acreditando el presupuesto definitivo, y el que ingrese mediante autoliquidación, el importe de la diferencia respecto de la cuota inicialmente ingresada o, bien solicite la devolución de ingresos indebidos.
El acuerdo que antecede se adopta por unanimidad.
4.- CORRECCIÓN ERROR.
4.1 Propuesta de rectificación de error material en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 19 de febrero, punto 2.4, relativo a la concesión de licencia de obras a D. Isaías Hernández Dual, para reforma y ampliación de vivienda.
Teniendo en cuenta los siguientes Antecedentes de Hecho:
1º) Con fecha 4 de enero de 2016, tiene entrada en el Registro de este Ayuntamiento solicitud de Licencia de Obras presentada por D. ISAÍAS HERNÁNDEZ DUAL, según proyecto de los arquitectos D. Federico Lozano Ginel y D. David Palomo Carracedo, visado el 03/12/2015, para “Reforma y ampliación de edificio para vivienda” en calle Menorca 17 de esta ciudad.
2º) Con fecha 19 de febrero de 2016, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se concede la licencia de obras a D. ISAIAS HERNÁNDEZ DUAL.
3º) Con fecha 26 de febrero de 2016, por el interesado se presenta escrito, manifestando que se produjo confusión por su parte, y que solicitó la licencia erróneamente en calle Menorca nº 17, siendo la dirección real en calle Menorca nº 19, de Palencia.
Visto el art. 105.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, el funcionario que suscribe estima que PROCEDE:
Vistos los informes unidos al expediente y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y Vivienda, la Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de competencias efectuada por Decreto de la Alcaldía nº 5272 de 19 de junio de 2015, adopta el siguiente acuerdo:
? Rectificar el error material en que incurrió D. Isaías Hernández Dual, solicitante de la licencia de obras para reforma y ampliación de vivienda en calle Menorca nº 17, debiendo decir Calle Menorca nº 19, de Palencia.
El acuerdo que antecede se adopta por unanimidad.
5.- CONTRATACIÓN.
5.1 Propuesta para adjudicar el contrato de servicio de coordinación y seguridad y salud de las obras de este Ayuntamiento.
Examinado el expediente referenciado; y teniendo en cuenta:
Que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión celebrada el día 5 de febrero de 2016, se aprobó la clasificación de ofertas y el requerimiento de documentación al primer clasificado.
Que el anterior acuerdo ha sido notificado al primer clasificado, requiriendo al mismo para que en el plazo de diez días hábiles presente la documentación exigida en el pliego de cláusulas que sirve de base al contrato.
Que, con fecha 1 de marzo de 2016, el primer clasificado constituyó la garantía definitiva exigida, por importe de 1.818,18€, habiendo presentado éste y los demás documentos justificativos exigidos, dentro del plazo establecido al efecto.
Examinada la referida documentación, que se considera correcta, y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 151, 154, 156 y demás aplicables del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Vistos los informes unidos al expediente, la Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de competencias efectuada por Decreto de la Alcaldía nº 9.222 de 30 de octubre de 2015, adopta el siguiente acuerdo:
1º.- Adjudicar el contrato del Servicio de Coordinación y Seguridad y Salud de las Obras de este Ayuntamiento, a la empresa Ingeniería de Obras y Servicios S.A., en el precio neto resultante de aplicar un 0,46% IVA incluido, del presupuesto de ejecución material de cada obra. Todo ello como resultado de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en el Pliego de cláusulas que sirve de base al procedimiento y que concluyen en la siguiente puntuación:
LICITADOR CRITERIOS DE VALOR PUNTOS
PRECIO TOTAL GLOBAL
INGENIERIA DE OBRAS Y SERVICIOS S.A 4.25 9.64 13.89
D. JOSE RAUL ALONSO GARCIA 4.50 8.04 12.54
EGAIN S.A 6.50 5.54 12.04
TECOPY SAU 2.00 10.00 12.00
UTE CONSULTING INGENIERIA CIVIL S.L- GUTI GUTIERREA S.LU 4.25 7.68 11.93
ESTUDIO DE INGENIERIA CIVIL S.L 4.25 6.61 10.86
INGENIERIA Y PREVENCION DE RIESGOS S.L 3.25 7.50 10.75
NOVOTEC CONSULTORES S.A 3.00 7.32 10.32
INCOPE CONSULTORES S.L 4.25 5.89 10.14
CHM INGENIERIA 2009 S.L 0.50 3.04 3.54
2º.- Publicar la adjudicación a que se refiere el punto primero anterior en el perfil de contratante de este órgano de contratación.
3º.- Disponer y comprometer el gasto con cargo a la partida presupuestaria presupuestaria.
4º.- Notificar el presente acuerdo a la empresa adjudicataria, con citación expresa para la formalización del contrato, en documento administrativo, que tendrá lugar, dentro del plazo máximo e improrrogable de quince días hábiles siguientes al de la notificación, en la Casa Consistorial, cuya firma se realizará por la Alcaldía, en nombre y representación de este Ayuntamiento.
6º.- Notificar la adjudicación al resto de los licitadores que no han resultado adjudicatarios.
El acuerdo que antecede se adopta con la abstención del Grupo Ganemos Palencia.
6.- CEMENTERIO.
6.1 Propuesta para aprobar cambio de titularidad de sepulturas.
6.1.1 Vistos los informes unidos al expediente, la Junta de Gobierno Local acuerda acceder a lo solicitado por Dña. Begoña Ayarza García, y en consecuencia otorgar el cambio de titularidad de la sepultura nº 29, Fila 3, Término 10 y Sección 4ª Izquierda del Cementerio Municipal “Nuestra Señora de los Angeles” de D. Emilio García Mancho a Dña Begoña Ayarza García, expidiéndose a favor de ésta última el Título del derecho funerario sobre la sepultura de referencia, sin perjuicio de tercero de mejor derecho.
El presente acuerdo se adopta por unanimidad.
6.1.2 Vistos los informes unidos al expediente, la Junta de Gobierno Local acuerda acceder a lo solicitado por Dña. Mª Ángeles Antonio Flores, y en consecuencia otorgar el cambio de titularidad de la sepultura nº 5, Fila 3, Término 1 y Sección 3ª Dcha del Cementerio Municipal “Nuestra Señora de los Angeles” de D. Emilio Antonio Cayón a Dña Mª Ángeles Antonio Flores, expidiéndose a favor de ésta última el Título del derecho funerario sobre la sepultura de referencia, sin perjuicio de tercero de mejor derecho.
El presente acuerdo se adopta por unanimidad.
6.1.3 Vistos los informes unidos al expediente, la Junta de Gobierno Local acuerda acceder a lo solicitado por D. Julián Manchón Espina, y en consecuencia otorgar el cambio de titularidad de la sepultura nº 5, Fila 6, Término 20 y Sección 4ª Dcha del Cementerio Municipal “Nuestra Señora de los Angeles” de Dña Consolación Andrés del Blanco a Dña Mª Nieves Pardo Andrés, expidiéndose a favor de ésta última el Título del derecho funerario sobre la sepultura de referencia, sin perjuicio de tercero de mejor derecho.
El presente acuerdo se adopta por unanimidad.
6.1.4 Vistos los informes unidos al expediente, la Junta de Gobierno Local acuerda acceder a lo solicitado por Dña Mª Teresa Tamayo Díez, y en consecuencia otorgar el cambio de titularidad de la sepultura nº 6, Fila 8, Término 12 y Sección 4ª Dcha del Cementerio Municipal “Nuestra Señora de los Angeles” de D. Juan Cruz Tamayo Ruiz a Dña Mª Teresa Tamayo Díez, expidiéndose a favor de ésta última el Título del derecho funerario sobre la sepultura de referencia, sin perjuicio de tercero de mejor derecho.
El presente acuerdo se adopta por unanimidad.
6.1.5 Vistos los informes unidos al expediente, la Junta de Gobierno Local acuerda acceder a lo solicitado por Dña Mª Fe Fuente Alonso, y en consecuencia otorgar el cambio de titularidad de la sepultura nº 34, Fila 6, Término 4 y Sección 4ª Dcha del Cementerio Municipal “Nuestra Señora de los Angeles” de Dña Felicidad Alonso Alonso a Dña Mª Fe Fuente Alonso, expidiéndose a favor de ésta última el Título del derecho funerario sobre la sepultura de referencia, sin perjuicio de tercero de mejor derecho.
El presente acuerdo se adopta por unanimidad.
6.1.6 Vistos los informes unidos al expediente, la Junta de Gobierno Local acuerda acceder a lo solicitado por D. Isidro Martín Pesquera, y en consecuencia otorgar el cambio de titularidad de la sepultura nº 18, Fila 9, Término 4 y Sección 4ª Izda del Cementerio Municipal “Nuestra Señora de los Angeles” de D. Lucio Martín González a D. Isidro Martín Pesquera, expidiéndose a favor de éste último el Título del derecho funerario sobre la sepultura de referencia, sin perjuicio de tercero de mejor derecho.
El presente acuerdo se adopta por unanimidad.
7.- INFORMES, RUEGOS Y PREGUNTAS.
Y no habiendo otros asuntos que tratar en el orden del día, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente levantó la sesión, siendo las diez horas y cinco minutos, de la que se extiende la presente Acta, de todo lo cual como Secretario General Certifico, en el lugar y fecha al principio indicados.
Vº Bº
EL ALCALDE.-.