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16/09/2024

Laguinda, el único seguro que garantiza el premio íntegro de la Lotería de Navidad

Laguinda, el único seguro que garantiza el premio íntegro de la Lotería de Navidad

Apenas quedan poco más de tres meses para la celebración del Sorteo de la Lotería de Navidad 2024. Durante el periodo estival, son muchos los décimos que se venden en los destinos vacacionales, buscando la suerte y, con ello, una oportunidad para alzarse con el Gordo del 22 de diciembre. En España, Laguinda se presenta como la única aplicación que otorga al azar un servicio innovador y un seguro exclusivo para cobrar la integridad del premio obtenido.

La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado reparte cada 22 de diciembre tres grandes premios: un Primer Premio, con 400.000 euros al décimo, un Segundo Premio, con 125.000 euros al décimo, y un Tercer Premio, con 50.000 euros al décimo. Junto a estos, se reparten otros premios más pequeños derivados de pedreas y terminaciones.

¿Cómo asegurar tu décimo de Lotería de Navidad?

Hace casi cinco años que surgió el seguro de Laguinda, con el cual es posible asegurar décimo Lotería de Navidad. Mediante este servicio, la aplicación permite a todos los participantes asegurar los premios obtenidos en Euromillones, Bonoloto y en la propia Lotería de Navidad.

Todo ello es posible con su mejorada y renovada aplicación, que incluso garantiza el juego en grupo. Es una marketplace que conecta su administración de loterías física con usuarios online de todo el país. De este modo, los benefactores podrán recibir el 100% de su premio, haciéndose Laguinda cargo de los impuestos correspondientes.

El procedimiento es bien sencillo. Para asegurar un décimo de Lotería de Navidad bastará con escanearlo a través de la aplicación y seguir, a continuación, los pasos que se indican. De tratarse de un boleto digital, el usuario podrá cargarlo directamente mediante la propia aplicación.

El coste por asegurar los décimos es mínimo, si se tienen en cuenta los grandes beneficios obtenidos. Por solo tres euros es posible asegurarlo y evitar el pago de impuestos, una operación legal ante los ojos de la Agencia Tributaria de España.

Con Laguinda es posible cobrar el importe total del premio. Así pues, si se obtiene un premio superior a 40.000 euros, el premio será íntegro para el usuario, pues Laguinda se encargará de abonar el 20% de los impuestos que con anterioridad se ha pagado a Hacienda, es decir, 72.000 euros.

Laguinda solicita siempre documentos que evidencien el premio y la retención se transferirá en un plazo máximo de 20 días a la cuenta bancaria del usuario. De igual modo, la colaboración con la póliza de seguro de AXA y su interfaz intuitiva le otorgan un posicionamiento idóneo en el mercado y la convierten en una solución efectiva para los agraciados con premios importantes que quieren eludir cualquier tipo de retención fiscal.

¿Cómo comprar tu décimo de Lotería de Navidad?

Además del método tradicional de asistir a una administración de loterías, es posible comprar lotería de Navidad onlineUn método seguro y eficiente que pone Laguinda a disposición de todos sus usuarios.

Además de la Lotería de Navidad, en Laguinda es posible comprar y asegurar otros juegos de azar y sorteos como Euromillones, La Primitiva, Bonoloto, EuroDreams o El Niño, entre otros.

¿Cuál es el siguiente paso?

Una vez adquirido tu décimo de Lotería de Navidad, el siguiente paso será asegurarlo. Si se quiere asegurar un boleto físico, habrá que entrar en la aplicación móvil y escanearlo en cuestión de segundos, siguiendo los pasos que se indican. Bastará con tener operativa la cámara del teléfono móvil y fotografiar el décimo.

Si el participante quiere asegurar un boleto digital, entonces desde la propia aplicación de Laguinda habrá que elegir el boceto y dar acceso para que ésta pueda hacer fotos. Una vez que se haya subido al apartado correspondiente de ‘Mis Boletos’, habrá que hacer clic en el botón ‘Asegurar’.

Política de Devolución de Impuestos de Lotería de Navidad

Laguinda garantiza que el importe de la indemnización que se recibe de AXA se cobre íntegramente después de tributarlo. Es considerado como una ganancia patrimonial y tributa de manera diferente, dependiendo de la situación financiera de cada individuo y del montante del premio. No obstante, en cualquier caso, siempre será menos que el 20% del premio.

En todo momento, los usuarios que contratan la póliza del seguro de AXA recibirán asesoramiento legal y fiscal (para optimizar la tributación de la indemnización) y asesoramiento financiero de AXA Exclusiv que fomente el ahorro y la rentabilidad. Una forma eficiente, segura y de elevado rendimiento para disfrutar, gracias a Laguinda, de la totalidad del importe del premio de la Lotería de Navidad.

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La Institución provincial financió en 1981 la construcción del parque y el Ayuntamiento acordó ese mismo año constituir a su favor un derecho de superficie durante 75 años.   Transcurridas cuatro décadas sin cumplir el compromiso la Diputación exigirá el derecho a ser indemnizada por el perjuicio económico ocasionado, como reconoce el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.   La valoración realizada por los técnicos de la Diputación cifra en 272.143 euros.       La Comisión Informativa de Hacienda de la Diputación ha dictaminado favorablemente la propuesta para que la Institución reclame al Ayuntamiento de Palencia 272.143 euros, más los intereses legales que correspondan, por los perjuicios ocasionados al no haber cumplido el compromiso que adquirió en 1981 para ceder a la Diputación el uso del terreno sobre el que se construyó el parque provincial de bomberos. La historia se remonta a 1981, cuando la Diputación Provincial acordó financiar con cargo a su presupuesto la construcción de un parque de bomberos en la ciudad de Palencia. El objetivo era contar con unas instalaciones que permitieran prestar el servicio provincial de prevención y extinción de incendios y, al mismo tiempo, que pudieran ser utilizadas por el Ayuntamiento para la prestación de su propio servicio municipal. Para hacer posible esta colaboración, la Diputación estableció la condición aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Palencia por unanimidad el 6 de octubre de 1981 de constituir un derecho de superficie a favor de la Diputación durante 75 años sobre una parcela municipal situada en el Polígono Nuestra Señora de los Ángeles. En términos sencillos, esto significaba que la Diputación financiaba la construcción del parque y el Ayuntamiento se comprometía a reconocerle durante 75 años el derecho sobre el terreno en el que se levantaba el edificio. Sin embargo, ese acuerdo nunca llegó a hacerse efectivo mediante su formalización e inscripción registral. La Diputación no renunció en ningún momento a ese derecho y fue reclamando su cumplimiento a lo largo de los años, con requerimientos realizados en 1984, 1987, 1988, 2017 y 2021. Además, el compromiso municipal fue reconocido posteriormente en convenios suscritos por ambas administraciones en 1989 y 2002. Por ello, interrumpida unilateralmente la colaboración institucional y persistiendo el incumplimiento por el ayuntamiento de Palencia la Diputación reclama su derecho en defensa del patrimonio provincial. La vía judicial. Ante la falta de cumplimiento, la Diputación volvió a reclamar formalmente al Ayuntamiento en marzo de 2024 y dejó expresamente a salvo su derecho a exigir los daños y perjuicios que pudieran derivarse de la situación. Posteriormente acudió a los tribunales. La Sentencia 200/2026, de 23 de febrero, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, confirmó que en la actualidad ya no es posible constituir el derecho de superficie previsto en 1981, debido a la naturaleza jurídica que tiene actualmente el terreno, afectado al servicio público. Pero la misma sentencia abre la puerta a la reclamación económica. En concreto, señala la posible responsabilidad del Ayuntamiento por su incumplimiento y considera que esa actuación habría generado un enriquecimiento injusto a costa de la Diputación. La sentencia fue declarada firme en mayo de 2026. Como consecuencia de ello, la Diputación considera que el perjuicio deja de ser una mera expectativa y pasa a ser un daño efectivo, real y económicamente evaluable, al resultar ya imposible obtener el derecho de superficie que se había acordado en 1981. 272.143 euros de perjuicio económico. Para determinar la cantidad que debe reclamarse, la Diputación cuenta con un informe de valoración elaborado por el servicio de Arquitectura de la Institución. Los técnicos han calculado el valor actual del edificio construido sobre la parcela y han aplicado el método de coste, ya que no existen parques de bomberos en venta que permitan establecer una comparación de mercado y tampoco resulta aplicable el método basado en la rentabilidad económica del inmueble. El informe establece que, a fecha de junio de 2026, el valor actual de mercado del edificio asciende a 908.090 euros. A esta cantidad se resta el valor que tendría la reversión del edificio al finalizar el derecho de superficie, calculado en 635.946,50 euros. La diferencia, 272.143 euros, es la cantidad que la Diputación considera que debe reclamar al Ayuntamiento como indemnización por el perjuicio ocasionado.  

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