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09/06/2016

Sanidad rectifica y sólo hará falta el permiso de un progenitor para que una menor pueda abortar

Sanidad rectifica y sólo hará falta el permiso de un progenitor para que una menor pueda abortar
Madrid, 9 de junio de 2016.-La Consejería de Sanidad ha remitido una carta a la diputada de Podemos portavoz de Sanidad, Mónica García, «para pedirle disculpas por el inexplicable y lamentable error en cuanto al texto del artículo 156 del Código Civil que se incluye en la instrucción del 25 de mayo, y que ha podido lógicamente inducir a errores de apreciación y de interpretación a cualquier persona, incluidos nuestros profesionales sanitarios, a los que desde luego no puedo más que descargarles de culpa o responsabilidad en ese sentido».
Básicamente, la Consejería se refería a la defensa cerrada que ha hecho desde el comienzo de la legislatura su titular, Jesús Sánchez Martos, de los procedimientos que se seguían en la Comunidad a la hora de que una menor quisiese someterse a un aborto. Pese a las reiteradas iniciativas de Podemos, la última se debatirá hoy, el consejero insistía en que el Gobierno regional cumplía «estrictamente lo que dicta el Código Civil». Es decir, que es necesario que ambos progenitores den el consentimiento para que la menor aborte.
La portavoz de Igualdad, Clara Serra, le reprochaba la pasada semana mismo en la Asamblea de Madrid que sólo la Comunidad impone este requisito que «perjudica a las menores más desfavorecidas o en dificultades».
Y es que, la diputada aseguraba que, según sus datos, que cerca del 90% de las menores que deciden abortar no tienen ningún problema en hacerlo acompañadas de sus padres pero que son precisamente ese 10% restante las que, por motivos de abusos familiares, dificultades económicas, religiosas... Tenían más dificultades. Relató que se dan casos en los que niñas de padres inmigrantes pueden encontrarse con grandes dificultades para abortar, ya que uno de los dos progenitores puede estar en otro país y no puede dar su consentimiento explícito. Luego, la decisión judicial retrasa la gestación, haciendo más dolorosa situación.
La Consejería le ha comunicado, además, que envió el martes una nueva instrucción a la Unidad de Interrupciones Voluntarias del Embarazo (IVE) que contempla la posibilidad de que las menores de 16 y 17 años puedan abortar con el consentimiento de un solo progenitor en determinados casos. La Consejería llega incluso admitir que cometió un «lamentable error» en lo relativo a la interpretación al texto del artículo 156 del Código Civil. Básicamente, las menores necesitarán además de manifestar su voluntad de abortar, el consentimiento expreso de sus representantes legales. Pero si aparecen conflictos a la hora de dar el consentimiento por parte de los tutores se resolverán de conformidad a lo dispuesto en el artículo 156 del Código Civil.
El artículo dice que la patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos padre o por un solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. Serán válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y las circunstancias o situaciones de urgente necesidad. En defecto o por ausencia, incapacidad o imposibilidad de uno de los padres, la patria potestad será ejercida exclusivamente por el otro. Y en el caso de que estén separados, la ejercerá aquel con quien el hijo conviva.
Serra, ha señalado que el consejero «les da la razón e introduce esos artículos del Código Civil a los que apelaba Podemos para argumentar que las menores que querían abortar podían ir acompañadas de un solo progenitor». «Nos alegramos que el trabajo parlamentario que hemos hecho durante estos dos meses y pico haya servido».
Sanidad rectifica y sólo hará falta el permiso de un progenitor para que una menor pueda abortar
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