04/07/2016
LOS ABOGADOS ADSCRITOS A LOS SERVICIOS DEL TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA AL DETENIDO ATIENDEN CERCA DE 200 CASOS DE JUSTICIA GRATUITA CADA MES
- Entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2016 la abogacía de oficio de Menorca ha atendido un total de 1.183 expedientes, de los que 704 son propiamente del Turno de Oficio y el resto, 479, actuaciones en los centros de detención
- El decano Martín Aleñar reclama a la clase política que “de una vez por todas asuma su responsabilidad en la defensa de un modelo de justicia gratuita que funciona de forma eficaz y que adopte medidas que permitan mejorar la inversión pública en este servicio y dignificar, como merecen, el trabajo de unos profesionales que, no debe olvidarse, garantizan la defensa de los más vulnerables y la igualdad de todos ante la Justicia”
De un año para otro, además, los expedientes de justicia gratuita experimentan un aumento del 6,28%, más acusado en el servicio de ALD que en el del Turno de Oficio, en relación a los registrados en 2015.
Expedientes TO
| 1semestre 2016 | 1semestre 2015 | Variación 16/15 | |
| Penal y menores | 450 | 415 | 8,43% |
| Civil | 231 | 226 | 2,21% |
| Laboral | 23 | 32 | -28,12% |
| TOTAL | 704 | 673 | 4,60% |
Expedientes ALD
| 1semestre 2016 | 1semestre 2015 | 1semestre 2014 |
| 479 | 440 | 8,80% |
Los datos relativos a los primeros semestres de los dos últimos años indican que, contrariamente a lo que ocurre en Mallorca y en las Pitiusas, aumentan los casos de incidencia penal, como demuestra que tanto los asuntos atendidos en el Turno de Oficio de Penal y Menores, como las asistencias a personas detenidas hayan crecido en valores superiores al ocho por ciento.
Crecen también, aunque ligeramente, los asuntos de justicia gratuita en el ámbito civil (+ 2,21%), mientras que los casos atendidos en lo social descienden un decremento cercano al treinta por ciento.
Los datos han sido dados a conocer hoy en rueda de prensa por Martín Aleñar, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Baleares (ICAIB), y la letrada Carmen López, responsable de la Comisión del Turno de oficio y miembro de la Junta de Gobierno de la corporación colegial, quienes han destacado el “enorme esfuerzo” que día a día llevan a cabo los abogados del Turno de Oficio para garantizar la defensa y el acceso a los tribunales de las personas que, por razones económicas o de índole personal, se encuentran en situación de especial vulnerabilidad.
Un esfuerzo, lamenta el decano, que no “se ha visto recompensado nunca por los sucesivos gobiernos”, por lo que, añade, “debemos insistir en exigir a la clase política que “de una vez por todas asuman su responsabilidad y adopten las medidas necesarias para mejorar la inversión pública en este servicio y dignificar el trabajo de unos profesionales que, no debe olvidarse, garantizan la defensa de los colectivos y personas más vulnerables y la igualdad de todos ante la justicia”.
En este sentido, recuerda el decano que la remuneración que perciben los abogados y las abogadas de oficio, que en Baleares son asumidas por el ministerio de Justicia, no compensa, “ni de lejos” el trabajo, la entrega y las muchas horas que invierte cada letrado y letrada en la defensa de los usuarios de la justicia gratuita”, lo que, a su juicio, asegura el decano, es una prueba evidente de la vocación por el derecho y los derechos que manifiestan estos profesionales. Así, ha explicado que en las islas, la remuneración que percibe la abogacía de oficio apenas alcanza los 110 euros por expediente en el caso del Turno de Oficio.
Escasas remuneraciones
Es más, el decano denuncia la existencia de importantes desigualdades territoriales, ya que los baremos establecidos para el pago de los asuntos del turno de oficio, “que, por cierto, que llevan años sin ser revisados ni actualizados”, evidencian que en las islas, al igual que en las comunidades autónomas que no tienen transferidas las competencias en materia de Justicia, los importes establecidos para los distintos procedimientos y en todas las jurisdicciones son, en todos los supuestos, inferiores a los fijados para cada tipo de actuación de oficio y orden jurisdiccional en las comunidades que sí tienen competencias. Martín Aleñar ha puesto como ejemplo que la cantidad fijada para la defensa de una persona en un procedimiento penal es en el ‘territorio ministerio de Justicia’ de 270,45 euros, un importe alejado de los más de 400 euros que se abonan por el mismo procedimiento en Navarra, Canarias o Galicia y muy por debajo de los casi 640 euros establecidos en el País Vasco.
Reconocimiento a dos letradas del Turno de Oficio en Menorca
Precisamente con el objetivo de significar la importancia y el alcance social del trabajo que llevan a cabo los abogados de oficio, el Ilustre Colegio de Abogados de Baleares se une a la conmemoración de la sexta edición del Día de la Justicia Gratuita, con un acto que, en Menorca, se celebró el pasado 1 de julio y en el que las letradas Cristina de Aramburu y Maria del Carmen Pecharromán recibieron, en nombre de todo el colectivo, una placa de reconocimiento por su contribución al buen funcionamiento de este servicio público.
Otras cuestiones de interés
¿Quién puede ser beneficiario de la Justicia Gratuita?
La ley que regula en España la asistencia jurídica gratuita establece que pueden solicitar el beneficio a la justicia gratuita los ciudadanos nacidos en España o en cualquier otro país de la Unión Europea, así como las personas extranjeras que residan en nuestro país, siempre que los ingresos económicos, por todos los conceptos y por unidad familiar, sean inferiores a cantidades que oscilan entre los 14.910,28 euros anuales (unidades familiares de un único miembro) y los 37.275,7 (en el caso de las familias con circunstancias especiales). En el supuesto de familias integradas por dos o tres miembros, los ingresos económicos no podrán superar los 18.637,85 € anuales, ni los 22.365,42 euros si la unidad familiar es de cuatro miembros.
Con independencia de los ingresos que se tengan, también pueden solicitar justicia gratuita las víctimas de la violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos; los menores de edad y las personas con discapacidad psíquica cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato; y aquellas personas que, a causa de un accidente no puedan ejercer su ocupación, requieran de otras personas y deseen litigar para reclamar indemnización por los daños sufridos. Además, para la defensa en juicio de la jurisdicción social, los trabajadores y los beneficiarios del sistema de la Seguridad Social pueden beneficiarse también del sistema de justicia gratuita sin necesidad de acreditar insuficiencia de recursos.