30/06/2017
Una quincena de empresas de alquiler de vehículos de Menorca se comprometen con el código de buenas prácticas de Consumo
El objetivo del código es promover acciones conjuntas y posturas activas hacia los derechos de los consumidores y usuarios
Así lo ha indicado el director general de Consumo, Francesc Dalmau, en el acto de firma conjunto con la vicepresidenta primera y consellera de Ordenación Territorial y Turística del Consell Insular de Menorca, Susana Mora, que se ha celebrado en la sede del Consell, y al que han asistido también la secretaria de la Asociación Empresarial Menorquina de Alquiler sin Conductor, María García, y el presidente de la Asociación Balear de Alquiler de Vehículos sin Conductor, Antoni Masferrer.
Dalmau ha recordado que hasta el momento han firmado o se han comprometido con el código de buenas prácticas 90 empresas de Balears (48 de Mallorca; 16 de Menorca y 26 de Eivissa y Formentera) la mayoría pertenecientes a las patronales AEVAB (Agrupación Empresarial de Alquiler de Vehículos con y sin Conductor de Baleares), BALEVAL (Asociación Balear de Alquiler de Vehículos sin Conductor) y a la mencionada agrupación empresarial menorquina.
Asimismo, Dalmau ha indicado que la creación del distintivo de calidad, junto con el refuerzo de las inspecciones y la puesta en marcha del sistema de reclamación telemática sin necesidad de DNI electrónico, forma parte de las iniciativas impulsadas por la Dirección General de Consumo para combatir las prácticas abusivas y desleales que se dan en este sector y defender los derechos de los consumidores.
En este sentido, se ha mostrado satisfecho por la buena acogida que ha tenido el código, al que se suman cada vez más empresas.
Condiciones del código
Con la firma del documento, las empresas declaran que están inscritas en el registro de regulación y clasificación de empresas y establecimientos turísticos y se obligan a actuar de forma leal con los clientes consumidores.
Concretamente, entre los aspectos más relevantes del documento, destaca que la empresa firmante se compromete a ofrecer a los consumidores, en la información precontractual que realice en Internet u otros medios, una reserva de contrato de alquiler del vehículo, con las prestaciones básicas propias de este tipo de contratos, por un precio completo que será el precio final si el consumidor no contrata ninguna prestación adicional. El contrato con las prestaciones básicas es el que permitirá circular con el vehículo sin ningún otro cargo adicional.
Igualmente, conforme al código, el precio publicitado en la página web o cualquier otro medio incluirá todos los conceptos y cargos obligatorios. Se dará publicidad a las prestaciones accesorias y precios de las mismas de forma separada con la indicación de que son opcionales. Así, el consumidor deberá seleccionar expresamente las prestaciones opcionales si desea contratarlas.
En cuanto al combustible, la empresa adherida se compromete a realizar una política transparente y ofrecer en primer lugar la opción de depósito lleno a la entrega y devolución del vehículo (lleno/lleno). Sin embargo, la compañía podrá elegir otras opciones siempre y cuando informe de manera clara de los cargos adicionales por abastecimiento de carburante. En dichos casos, el cargo por abastecimiento de carburante se incluirá en el precio inicial.
Asimismo, en el momento de entrega del vehículo alquilado, la compañía se compromete a revisar con el consumidor su estado y reflejar los golpes y otros daños preexistentes en el documento de entrega del vehículo si el cliente lo solicita. En el momento de la devolución del vehículo, el consumidor podrá exigir, una vez revisado su estado por parte de la empresa, copia del informe de revisión, donde se indique si existen o no daños y su detalle.
Estos son sólo algunos de los aspectos incluidos en el código, que también obliga a las empresas a facilitar una persona de contacto, una dirección postal y un correo electrónico para la tramitación de reclamaciones, y a someterse a la acción mediadora de la Dirección General de Consumo.
Cuando la Administración haya comprobado el cumplimiento de los compromisos adquiridos por parte de la compañía, la Dirección General de Consumo le otorgará el sello de empresa avalada. Las empresas que hayan obtenido el distintivo figurarán en una lista que se publicará en el Portal del Consumidor.
Convenio de autorregulación del sector
Por otra parte, cabe recordar que la Asociación Empresarial Menorquina de Alquiler sin Conductor, integrada por 38 empresas, fue, después de AEVAB, la segunda patronal en firmar el Convenio de autorregulación del sector. Según dicho Convenio, la asociación velara para que las empresas asociadas, tanto si firman como no el código de buenas prácticas, no incurran en malas prácticas con los consumidores y usuarios.
Asimismo, la asociación se compromete a adherirse al sistema arbitral de consumo para difundir el arbitraje de consumo entre sus asociados y proponer árbitros de consumo. Finalmente, en virtud del Convenio, se constituirá una comisión mixta de seguimiento que vele por el cumplimiento de los objetivos de dicho Convenio.
El director general ha recordado asimismo que este año se reforzarán las inspecciones para luchar contra las prácticas abusivas y desleales, que causan graves trastornos a los consumidores y perjudican la imagen de Balears como destino turístico.