17/01/2019
LA SECCIÓN DE MEDIACIÓN INSTA A LOS PODERES PÚBLICOS A ADOPTAR MEDIDAS PARA IMPULSAR LA MEDIACIÓN DE FORMA DEFINITIVA EN LA SOCIEDAD Y EN LA JUSTICIA
21 DE ENERO, DÍA EUROPEO DE LA MEDIACIÓN 2019
España y nuestras islas en particular cuenta con excelentes mediadores. Algunos con una experiencia de más de veinte años de ejercicio. Otros, han accedido a la profesión más recientemente a través de sólidos programas de formación teórica y práctica. El mediador es el profesional capaz de gestionar el conflicto y facilitar la comunicación entre las partes implicadas en la controversia. Su trabajo no resulta en absoluto incompatible con la concurrencia de otros profesionales. Al contrario, para alcanzar el buen fin de cada procedimiento podrá servirse de los expertos que sean necesarios según la materia de la que se trate. El asesoramiento jurídico de las partes siempre será imprescindible para alcanzar soluciones pactadas jurídicamente viables y que garanticen los derechos de cada uno de los mediados.
La Abogacía española, en su plan estratégico de modernización, prevé entre sus objetivos el impulso de la mediación como vía para solventar y prevenir conflictos en la que las partes estén apoyadas y asesoradas en todo momento por un abogado.
Con motivo del Día Europeo de la Mediación 2019, la Sección de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de las Islas Baleares renueva su compromiso con este objetivo e insta a los poderes públicos a adoptar las medidas necesarias (legislativas, presupuestarias, formativas) para que:
- Los ciudadanos conozcan y reconozcan el procedimiento de mediación y la figura del mediador.
- Cualquier justiciable tenga acceso a un procedimiento de mediación con el debido asesoramiento jurídico, incluso en los supuestos personas que gocen del beneficio de justicia gratuita.
- Se implementen sistemas efectivos de derivación intrajudicial al proceso de mediación.
- Se asegure la adecuada información y formación de todos los operadores jurídicos en el procedimiento de mediación.
| NOTA: (Recordamos que según las normas básicas de funcionamiento de las comisiones y secciones del ICAIB,las comunicaciones y actuaciones de las secciones que, como en este caso, no son comisiones ni secciones delegadas de la Junta de Gobierno del ICAIB, deberán ser identificadas como procedentes de la propia comisión de la que se trate, de modo que el contenido de las mismas es únicamente atribuible a dicha Comisión). |