22/03/2021
El Ayuntamiento de Alaior plantea en sus alegaciones al PTI una solución a la histórica problemática de Son Bou
El Ayuntamiento de Alaior ha remitido al Consell Insular de Menorca un total de 44 alegaciones a la revisión del Plan Territorial Insular.
En primer lugar, el consistorio alaiorense pide que la tercera fase del polígono industrial sea considerada como suelo urbano de uso comercial e industrial en su totalidad. La segunda fase del polígono de Alaior fue aprobada definitivamente por el Consell Insular en 2004. Además, se publicaron las ordenanzas reguladoras del Plan Parcial de Ordenación de dicha ampliación en 2016, y se aprobó el correspondiente proyecto de urbanización, ejecutando también las obras. Para el Ayuntamiento, es un inmenso error quitar el crecimiento natural del polígono industrial continuación de la segunda fase, ya contemplado en el PGOU de 2009 y en el PTI del 2003.
Cristóbal Marqués, concejal de Hacienda y Urbanismo ha remarcado que «ahora más que nunca, y habiendo solucionado el Ayuntamiento la gran problemática de la segunda fase, ya en pleno desarrollo, no tiene ningún sentido que el PTI no prevea el crecimiento industrial del municipio. Eso condena drásticamente el futuro económico y social de Alaior».
Otro de los puntos más importante que el consistorio plantea es una solución al rompecabezas histórico de la urbanización de Son Bou, en cuanto al Área de Reconversión Territorial Ud-3.2.
El PTI la delimita en una zona muy lejana de la urbanización, quedando la zona de aprovechamiento totalmente desvinculada de Son Bou, encareciendo los costes para urbanizar y para dotar de infraestructuras este ámbito. Por eso, el Ayuntamiento plantea reubicarla pegándola totalmente a la urbanización de Son Bou. En una segunda línea de costa, para evitar un impacto visual, pero pegado a Son Bou, tal como ocurre con Torre-solí fase 2.
Lo que plantea el PTI va totalmente en contra de lo que se prevé en la LDOT, concretamente en el artículo 26, en donde se establece que las áreas de desarrollo deberán establecer medidas para fomentar el equilibrio territorial por medio de la potenciación de los núcleos urbanos, favoreciendo la utilización de los ya existentes, en vez de nuevos crecimientos, y en el artículo 32, donde se indica que los nuevos suelos urbanizables destinados a uso residencial, turístico o mixto deberán desarrollarse de forma integrada o contigua a los ya existentes.
En cuanto a Son Vitamina, una zona ya urbanizada, y Torre-solí fase 2, en fase de urbanización, y con todos los planes parciales ya aprobados, el Ayuntamiento plantea que es un error no considerarlas adaptadas al PTI.
Otra de las alegaciones realizadas por la máxima institución alaiorense es el error del PTI de no considerar la unidad Pa-1-4, enfrente del instituto IES Josep Miquel Guàrdia como urbana en su totalidad. Esta zona se aprobó y lleva urbanizada ya más de 19 años, por lo que sería una equivocación que no se corrigiera esto en el PTI.
Por otro lado, el Ayuntamiento pide también una solución definitiva para el aparcamiento de la paya de Son bou. Se pide que se prevea esa área como parking, teniendo en cuenta que es el único terreno existente allí con las dimensiones suficientes para albergar dicho equipamiento. Cabe remarcar que por parte de la mercantil EDIVISSA se ha solicitado a la Demarcación de Costas una concesión administrativa.
Así mismo, el consistorio pide que cuatro de las carreteras del municipio sean incluidas dentro de la red insular secundaria, al considerar que su uso no es solo de ámbito local, sino insular. Se trata de la carretera de Torre-solí nou, la carretera de Torralba desde Alaior a la Me-12, la carretera de Albaida/Binifabini, y la carretera de Son Bou.
Otros errores que el Ayuntamiento ha detectado y que se incluyen como alegaciones son, entre otros, que en el artículo 18 de “uso del suelo para equipamiento educativo” el PTI se olvida de la extensión en Alaior de la Universitat de les Illes Baleares, dentro del artículo 27 de ‘uso del suelo para equipamiento cultural’ no se menciona el Convent de Sant Diego- Pati de sa Lluna, como centro de referencia cultural a nivel insular, o que tampoco se prevé en el artículo de ‘uso del suelo para equipamiento deportivo’ la construcción de la futura piscina municipal.
Así mismo, en el artículo 19 de ‘uso del suelo para equipamientos sociosanitarios y asistenciales’ tampoco se hace referencia a la previsión de la construcción del nuevo centro de salud en la calle Margalida Comas Camps.
Otros temas importantes que el PTI no menciona es la nueva red de saneamiento de la Argentina, ya en fase final de obras, olvidándose también de las depuradoras de Son Bou, Sant Jaume y Torre-solí, y en cambio, dibuja una inexistente en Son Vitamina. Así mismo, se perciben contradicciones dentro del RPTI en cuanto a la comercialización de las estancias turísticas en Cales Coves y Son Vitamina, pidiendo el Ayuntamiento que se permitan.
Finalmente, en cuanto a las viviendas de protección oficial, se solicita que el RPTI no las regule, ya que ya están reguladas por la LUIB, entrando en contradicciones que pueden hacer imposible el desarrollo de algunas zonas. Cristóbal Marqués ha añadido que «esto es muy importante, y más cuando la política urbanística de Menorca obliga al desarrollo horizontal, y no vertical, lo que haría más difícil la construcción de pisos, es decir, el acceso a la vivienda para muchas familias».