04/10/2016
La Delegación del Gobierno recuerda que la competencia exclusiva en materia de espectáculos públicos corresponde a la Comunidad Autónoma
El Ayuntamiento de Zaragoza es el competente para autorizar la celebración de los espectáculos públicos ocasionales
Tras las informaciones publicadas en distintos medios de comunicación, la Delegación del Gobierno recuerda que el Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye con carácter exclusivo a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia sobre espectáculos públicos.
En ejercicio de dicha competencia, las Cortes de Aragón aprobaron la Ley 5/2016 que modificaba la Ley de la Infancia y la Adolescencia y la Ley de Espectáculos Públicos, que regula el acceso y permanencia de los menores de edad, solos, a espectáculos públicos, donde se expenda alcohol, condicionando su presencia a ser mayores de 16 años y a que las actuaciones sean en directo. La corrección de errores publicada en el BOA de 23 de septiembre pasado, acota esas condiciones a salas de fiestas, discotecas, salas de baile y pubs.
El Ayuntamiento de Zaragoza es competente para autorizar la celebración de espectáculos públicos ocasionales. Por lo tanto, es el propio Ayuntamiento quien ha de establecer las condiciones para el desarrollo de los eventos incluidos en el programa de fiestas del Pilar 2016. De acuerdo siempre con la legislación oportuna vigente.
La Delegación del Gobierno de España en Aragón, a la vista de la normativa en vigor tras la publicación de la Ley 5/2016 y su corrección de errores, cree que el Gobierno de Aragón, al ser la institución competente, debe pronunciarse sobre la situación en que queda el acceso de los menores a los espacios públicos.