12/11/2016
El gobierno del Consell Insular presenta una propuesta de modificación del PTI en defensa del territorio
Y de los valores medioambientales y patrimoniales de la isla de Eivissa
La modificación del PTI será efectiva a partir de la aprobación de una norma cautelar que contemplará todos los cambios y que en breve se elevará para su aprobación al Ple del Consell d'Eivissa. Al mismo tiempo, el Consell tramitará la modificación del Pla Territorial para incorporar definitivamente los nuevos preceptos.
Viviana de Sans y Pepa Marí han mostrado la "satisfacción" del equipo de gobierno del Consell d'Eivissa presentar una modificación del PTI que "contará con un amplio apoyo de ciudadanía, incluso superior al que representamos los partidos políticos que forman el gobierno".
La modificación del PTI será de aplicación a todos los expedientes que deban informar a partir de la entrada en vigor de la norma cautelar. Es decir, que la tramitación e información de expedientes en suelo rústico no se paraliza, sino que continuará de acuerdo con las nuevas condiciones y parámetros que establecerá la norma cautelar de modificación del PTI.
La coportaveu Pepa Marí, que es titular del Departament de Territori i Mobilitat, dijo que hoy mismo, antes de la rueda de prensa pública, informó el portavoz del grupo de la oposición, Mariano Juan del contenido de la propuesta de modificación del PTI.
Contenido de la modificación del PTI:
AJUSTAR LAS CONDICIONES DE EDIFICACIÓN EN LA REALIDAD SOCIAL Y TERRITORIAL.
La modificación del PTI reducirá significativamente las condiciones de edificación de las viviendas en suelo rústico (los porcentajes de superficie máxima construible, ocupación de la parcela y volumen máximo previstos en el vigente PTI). Concretamente, se reducirá el volumen máximo edificable en todas las categorías de suelo rústico hasta 900 m3. Trasladado a superficie, la vivienda no podrá tener más de 300 metros cuadrados.
Como referencia, según los datos de los últimos 5 años, el 49% de las viviendas informados favorablemente por la Ciotupha (Comissió Insular d'Ordenació del Territori, Urbanisme i Patrimoni Historicoartístic) tenían una superficie mayor de 400 metros cuadrados, y un 14% eran mayores de 300 m2.
EVITAR NUEVAS VIVIENDAS QUE PROVENGAN DE SEGREGACIONES ESPECULATIVAS.
Se impedirá que se pueda seguir edificando sobre las parcelas segregadas o divididas. Para evitar especulaciones una vez trascendido el contenido de la norma, esta medida será de aplicación desde el 1 de noviembre de 2016. El objetivo es evitar la excesiva fragmentación de las parcelas y la consiguiente urbanización difusa del suelo rústico.
En este caso se incorpora una excepción: Sí se podrá obtener un derecho edificatorio encima de una fragmentación de parcela en caso de provenir de título hereditario o de donación de padres a hijos, siempre y cuando se cumpla con todas las condiciones que establece el Pla Territorial.
Se da cumplimiento así a la singularidad eivissenca de la vivienda en el medio rural, tal y como establece el acuerdo de gobierno debe tener en cuenta el criterio de arraigo de la gente en el territorio.
EVITAR NUEVAS VIVIENDAS EN SUELO RÚSTICO FORESTAL O ZONAS BOSCOSAS Y ESPACIOS DE RED NATURA 2000.
La modificación del PTI evitará la construcción de nuevas viviendas en los terrenos incluidos en la Xarxa Natura 2000 y en el suelo calificado de SRC Forestal (SRC-F) y masas forestales de riesgo ubicadas en áreas rurales de interés paisajístico (ARIP).
DESARROLLAR MEDIDAS DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y AMBIENTAL Y DE RECUPERACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LAS FINCAS.
La modificación del PTI quiere profundizar en las medidas de integración paisajística y ambiental previstas en el PTI para que:
Sean efectivas y se hagan cumplir en la totalidad de la finca donde se prevé la construcción de nuevas edificaciones.
Impida la construcción de nuevos cierres de fincas con material de bloque y elementos ajenos a los sistemas tradicionales, y se fije una altura máxima total en un metro.
Y que contemplen medidas tendentes a un mejor aprovechamiento y ahorro del agua:
Que los nuevos proyectos de construcción de edificaciones en suelo rústico tengan que prever la recogida de las aguas pluviales de las cubiertas y las tinas de acumulación, de al menos 15 toneladas, para la reutilización en las necesidades de la edificación y / o de la finca.
Y que sólo se pueda construir una piscina para vivienda y que la lámina de espejo de agua de las nuevas piscinas en suelo rústico no pueda exceder los 35 m2 y el volumen de la piscina los 60 m3.