16/11/2016
El Plan de Sequía establece obligaciones para todos los sectores
- El Plan establece las actuaciones que todos los sectores tienen que llevar a cabo en cada uno de los escenarios posibles
El consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, Vicenç Vidal, y la directora general de Recursos Hídricos, Joana Garau, han presentado hoy el proyecto de borrador del Plan Especial de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía en las Islas Baleares, que mañana se enviará a los miembros de la Junta de Gobierno de la Administración hidráulica y del Consejo Balear del Agua, de manera que el día 22, cuando se reúnen ambos organismos, se puedan recoger todas las observaciones y empezar la tramitación del borrador definitivo de Plan, que se tramitará como un Decreto.
El objetivo del Plan, según Vidal, “es garantizar el suministro de agua de calidad a la población y evitar los efectos negativos sobre el medio ambiente y la actividad económica” de una posible sequía, para lo cual se establecerán medidas para los diferentes escenarios y se detallarán “las actuaciones se tienen que llevar a término y los organismos que las tienen que adoptar”.
El Plan delimita las unidades de demanda de acuerdo con criterios hidrogeológicos y de gestión, a diferencia de las anteriores, que se definían por términos municipales, tal como ha explicado Garau, que ha detallado que “esta delimitación se ha hecho según la geología y el comportamiento de los acuíferos, y las infraestructuras de gestión del agua de qué se dispone”. De esta manera, se consigue “una evaluación mejor de la situación y un seguimiento más esmerado”, y se establecen siete unidades en Mallorca y una para cada una del resto de islas.
Situación actual
Por eso, se han revisado los recursos disponibles, que son de 354 hm3 (289,2 en Mallorca, 22,4 en Menorca, 40,2 en Eivissa y 2,3 en Formentera), la mayoría de los cuales, el 67%, son subterráneos, mientras que la demanda se sitúa en unos 245 hm3.
Las aguas depuradas disponibles (las que tienen tratamiento terciario) representan el 17%, unos 60 hm3, y las desaladas, un 14%. En este último dato, sin embargo, Eivissa destaca por la utilización de agua desalada en un porcentaje del 40%. El uso principal de este recurso es de abastecimiento urbano, que es el “prioritario”, según marca la Directiva marco del agua.
Medidas
El Plan establece una serie de medidas para la gestión de la sequía que se dividen en planificación, estratégicas y de mitigación, tanto organizativas como operativas.
Con respecto a la planificación, el Gobierno tiene que seguir con la recopilación de datos y la gestión y el seguimiento de la sequía. En cambio, los ayuntamientos tienen que gestionar el abastecimiento, de acuerdo con sus competencias, con un Plan de gestión del agua (que prevé la Ley 10/2003, de 22 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas), que actualmente sólo hace Santanyí; en materia de pozos, los de reserva tienen que estar conectados a la red y con una bomba, listos para entrar en funcionamiento, mientras que los de garantía son obligatorios para los municipios que no tengan de reserva, en un plazo máximo de cuatro años, fuera del radio de influencia de los habituales. Por otra parte, veintiún municipios y tres mancomunidades tienen que elaborar planes de emergencia de sequía, según prevé el Plan Hidrológico Nacional, para los núcleos con más de 20.000 habitantes de población real o flotante, que tendrán que estar aprobados para la Autoridad hidráulica antes de diciembre de 2019.
La Administración competente en materia de agricultura tiene que promover la reutilización de aguas depuradas y la eficiencia de uso de agua del sector. También tiene que redactar un plan de uso de parcelas agrícolas que establezca limitaciones de consumo o de cultivo según los requerimientos hídricos en cada estado de sequía, en un plazo de dos años desde la entrada en vigor del Plan.
En este estado de planificación, los campos de golf que utilizan aguas subterráneas tienen que prever la instalación de infraestructuras de riego con aguas depuradas para poder utilizarlas en caso de alerta y prealerta.
Con respecto a las medidas estratégicas, que las tiene que tomar la Dirección General de Recursos Hídricos, consisten básicamente en las medidas de gestión de la red en alta en cada escenario. Básicamente hacen referencia al mantenimiento de las instalaciones y, cuando se entra en alerta y prealerta, la salvaguardia de los acuíferos de s'Estremera y sa Marineta.
En estado de estabilidad o normalidad se tienen que llevar a cabo los trabajos de mantenimiento de las instalaciones desaladoras en prevención de poder entrar en estado de prealerta. Asimismo, se tiene que mantener un mínimo de desalación necesario para satisfacer la demanda.
En estado de prealerta de sequía, tienen que empezar los trabajos necesarios para poner a punto todas las líneas de producción de las desaladoras que puedan aportar agua a las unidades de demanda que estén en esta situación. Asimismo, gradualmente, se tienen que poner en funcionamiento las líneas necesarias hasta llegar al máximo de capacidad de todas las desaladoras, con el objetivo que estén todas a pleno funcionamiento si se llega al estado de alerta.
Las medidas de mitigación comportan la creación de un comité técnico de seguimiento de la sequía, con una representación técnica fija y la posibilidad de invitar a las administraciones y los sectores afectados. La tarea de este Comité es de seguimiento y asesoramiento.
Medidas operativas
La directora general de Recursos Hídricos ha detallado que cada estado representa la puesta en marcha de diferentes medidas operativas.
En caso de prealerta se establece la obligación de los organismos gestores del abastecimiento afectados de lanzar campañas de concienciación de ahorro de agua, empezar la instalación de pozos de garantía, instalar y poner en servicio las infraestructuras de aguas regeneradas y empezar el aumento progresivo de su uso. Con respecto a los organismos gestores del abastecimiento afectados con conexión en desaladoras, tienen la obligación, según establece el Plan, de empezar el aumento progresivo de la compra de agua desalada, con el objetivo de llegar al estado de alerta con el máximo de capacidad suministrada, mientras que los que no están conectados tienen que empezar reducciones de consumo.
Además, los regantes con concesión para regar con aguas subterráneas que forman parte de una comunidad de regantes con aguas depuradas tienen que sustituir progresivamente el uso de aguas subterráneas por aguas depuradas, con el objetivo que en caso de entrar en alerta la sustitución tendrá que haber sido del 100%.
Los campos de golf que disponen de concesiones de aguas subterráneas, por otra parte, están obligados a establecer la puesta a punto de las instalaciones para regar con aguas depuradas y empezar la sustitución gradual de aguas subterráneas por aguas regeneradas, con el objetivo que en caso de entrar en estado de alerta la sustitución tendrá que haber sido del 50%.
En caso de alerta, se establece la obligación de los organismos gestores del abastecimiento afectados de continuar las campañas de concienciación de ahorro del agua, la puesta en funcionamiento de los pozos de garantía y el aumento del uso de aguas regeneradas hasta la capacidad máxima. Los que estén conectados a desalinizadoras tienen que adquirir agua desalada al máximo de la capacidad de suministro de la infraestructura disponible y empezar reducciones de consumo de agua, mientras que los que no lo estén tienen que empezar restricciones obligatorias, como paradas nocturnas y limitación del riego de jardines o de limpieza de calles. En caso de que el pozo o los pozos de garantía no sean operativos, la Dirección General de Recursos Hídricos puede autorizar temporalmente el cambio de uso de pozos agrícolas u otros usos, próximos a las redes, que puedan aportar agua a la red de distribución, previa autorización de la Administración sanitaria.
Los regantes con concesión para regar con aguas subterráneas tienen que limitar el consumo de agua sobre la base del Plan de Uso de Parcelas Agrícolas Regadas de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, y los campos de golf que utilizan aguas subterráneas, las tienen que sustituir gradualmente por aguas regeneradas, con el objetivo que en caso de entrar en estado emergencia la sustitución tendrá que haber sido del 100%.
En el estado de emergencia, los organismos gestores de abastecimiento afectados están obligados a prohibir el riego de jardines, árboles, zonas verdes y deportivas, sean públicos o privados, a excepción del riego con aguas depuradas, la limpieza de viales, calles, sendas y aceras, públicas o privadas, a excepción que se haga con aguas depuradas, y el llenado o la renovación de cualquier tipo de piscinas (de uso público o privado).
En caso de que el pozo o los pozos de garantía no sean operativos, la Dirección General de Recursos Hídricos puede autorizar temporalmente el cambio de uso de pozos agrícolas u otros usos, próximos a las redes, que puedan aportar agua a la red de distribución, previa autorización de la Administración sanitaria. El Plan recoge también la prohibición de determinados cultivos de regadío de acuerdo con el Plan de Uso de Parcelas Agrícolas Regadas de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, y las restricciones en los requerimientos hídricos ambientales hasta los caudales mínimos que establece el Plan Hidrológico de Cuenca cuando sea imprescindible para asegurar el abastecimiento urbano. En caso de que la restricción afecte ecosistemas, hábitats o especies consideradas vulnerables ante situaciones de sequía, especialmente en las zonas incluidas en la Red Natura 2000 o en la Lista de pantanales de importancia internacional de acuerdo con el Convenio de Ramsar, hace falta un informe de la Dirección General de Biodiversidad.
En cualquier caso, ha querido subrayar Garau, “el uso urbano prevalecerá sobre el resto de usos” mientras se aplica el artículo 58 de la Ley de aguas sobre medidas extraordinarias, que recoge la suspensión temporal de concesiones de aguas subterráneas si es necesario.
El Plan establece los indicadores de sequía, que son los niveles de los acuíferos, los volúmenes almacenados en los embalses y los volúmenes captados en las fuentes, que sirven para determinar el estado de sequía o la disponibilidad del recurso. Este estado se determina mediante el índice de sequía, que se tiene que calcular mensualmente; tienen que transcurrir entre tres y dos meses, según el estado de los recursos, para cambiar de nivel. Es decir, una unidad de demanda tiene que estar tres meses en prealerta para asumir este estado, y dos meses alerta para que esta sea oficial.
Todas estas herramientas, ha destacado al consejero Vidal “son políticas para evitar y prevenir la sequía contra que se tienen que tomar cuando la situación es óptima” y no cuando la sequía es inminente.