04/04/2017
El TSJ da la razón al Ayuntamiento en la tramitación de las tarifas del CETIS
En la sentencia, dictada el pasado 28 de marzo, la sala confirma la sentencia que ya dictó en 2016 el Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Palma y se imponen las costas, hasta un máximo de 1.000 euros, al demandante.
La sentencia recuerda que el acuerdo de pleno de febrero de 2013 fijó unos precios por autobús, de 5 y 8 euros (bus regular y bus discrecional) muy por debajo de las tarifas máximas que figuraban en el contrato firmado con la concesionaria por un periodo de 40 años. A raíz de este acuerdo, ambas compañías de autobuses de la isla de Eivissa iniciaron un procedimiento judicial entendiendo que el procedimiento de modificación de tarifas era inadecuado y que los precios era superiores a los ofrecidos por la sociedad Gestora Cetis SL en el momento de la concesión de la gestión de la estación. Una de las dos compañías decidió durante el proceso retirarse pero la otra ha mantenido hasta ahora el procedimiento judicial en marcha.
La sentencia se ratifica en todos los puntos que ya fueron analizados por el Juzgado Contencioso y, por tanto, confirma que el procedimiento que siguió el Ayuntamiento de Eivissa para la aprobación de tarifas fue el correcto.