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01/05/2017

Se inicia el primer periodo de liquidación voluntaria del Impuesto del Turismo Sostenible para los propietarios de viviendas de alquiler vacacional

Se inicia el primer periodo de liquidación voluntaria del Impuesto del Turismo Sostenible para los propietarios de viviendas de alquiler vacacional
Fuente: Mpdtc
Los dos últimos colectivos de propietarios incluidos en el censo del Impuesto del turismo sostenible que aún no habían tributado por los ingresos obtenidos durante 2016 por el ejercicio de su actividad turística, afrontan a partir de dia 1 de mayo el primer periodo de liquidación voluntaria. Según el Decreto 35/2016 que despliega la Ley del impuesto sobre estancias turísticas y de impulso del turismo sostenible, los responsables o propietarios de los alojamientos vacacionales de alquiler acogidos a la modalidad de estimación objetiva, dispondrán de un solo periodo anual de declaración, con el cual pasarán a liquidar las cantidades calculadas según el nivel de ocupación de las plazas arrendadas durante el año anterior al momento de la tributación, en un modelo de funcionamiento similar al de las campañas del impuesto de la renta para las personas físicas.

Por lo tanto, los obligados tributarios en este periodo serán los más de 9.000 propietarios de viviendas de alquiler turístico, censados y que hayan tenido actividad entre julio y diciembre de 2016, así como también los propietarios de instalaciones de camping en Baleares. Al estar acogidos al modo de estimación objetiva, será la misma ATIB, la Agencia Tributaria de las Islas Baleares, quien enviará el importe de la liquidación correspondiente a cada obligado tributario. Previamente la ATIB habrá procedido al envío de cartas con un código único y personalizado, que permitirá a cada propietario acceder a su propio expediente, donde figurará el cálculo de la cantidad a pagar, de acuerdo con los datos de ocupación que obran en poder de la ATIB.

La ATIB enviará las cartas a cada obligado tributario durante los meses de mayo y junio. A partir de la recepción de la misiva, cada contribuyente contará con un periodo no superior a un mes para efectuar la liquidación correspondiente, según la normativa general en materia de tributos. El método de pago que se pone a disposición de los contribuyentes, como en el resto de las modalidades del impuesto, será a través de ventanilla telemática, con las entidades bancarias colaboradoras de la ATIB, como se puede comprobar en la dirección web www.atib.es.

De forma paralela a este proceso, la ATIB mantiene permanentemente abierto el proceso para la inscripción de nuevos establecimientos dentro del censo del Impuesto del turismo sostenible, en cualquiera de sus modalidades, y con la opción de escoger la modalidad de liquidación preferida, objetiva o directa.

El ITS, creado por la Ley 2/2016, entró en vigor el pasado 1 de julio. Durante sus primeros seis meses ha conseguido recursos por valor de 40 millones de euros, que pasan a dotar de manera íntegra el Fondo de Impulso del Turismo Sostenible. La Comisión de Impulso del Turismo Sostenible, formada por miembros del Govern, de los cuatro Consells, de los ayuntamientos, así como de diferentes actores sociales económicos y culturales de las islas, ha decidido el destino de 30 millones de este Fondo, en inversiones que cumplan la vocación finalista de la recaudación, según lo que dispone la legislación de referencia. El Gobierno calcula que en 2017, primer año completo a los efectos de la tributación de la ITS, la estimación de la recaudación se situará alrededor de los 60 millones de euros.
 
Se inicia el primer periodo de liquidación voluntaria del Impuesto del Turismo Sostenible para los propietarios de viviendas de alquiler vacacional
Mpdtc
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