27/04/2016
VENTA DE PARCELAS UNIFAMILIARES DEL CONSORCIO EN EL PAU4
En relación a la confusa situación que se está generando respecto a las parcelas que en su día el Consorcio Móstoles Sur sacó a licitación y quedaron desiertas conviene hacer una serie de precisiones
2º.- El Consorcio Móstoles Sur, una vez celebradas las elecciones municipales y autonómicas, no fue convocado por el presidente del mismo, señor vice-consejero de medio ambiente de la Comunidad de Madrid, hasta el día 3 de diciembre de 2015.
El primer Consejo de Administración Ejecutivo se celebró el día 18 de febrero de 2016, en cuyo punto del orden día número 3 se trató el tema de las parcelas, cuyo procedimiento de adjudicación fue declarado desierto. Lo que se dijo, quién lo dijo y cómo lo dijo, aparece en el acta de dicha sesión; en la cual, literalmente en su hoja 3, se dice:
“Toma la palabra, D. Eduardo Gutiérrez Cruz, para manifestar que a pesar de la manifestado en la anterior sesión del Consejo de Administración, respecto del presente asunto, el Ayuntamiento de Móstoles estaría interesado en que, con anterioridad a adoptar una decisión respecto a la adjudicación directa de las parcelas o a la convocatoria de un nuevo concurso público, se estudie la posibilidad de que se lleve a cabo la adjudicación directa a las Comunidades de propietarios y Cooperativas solicitantes de parcelas, y que respecto del resto de solicitantes de parcelas se convoque un nuevo concurso público, sustentando dicha solicitud en la existencia de dos colectivo de personas interesados en la promoción de sus propias viviendas en el municipio de Móstoles.”
Se genera un debate sobre la propuesta planteada por el Sr. Consejero, que finaliza solicitándose un informe al Secretario del Consejo de Administración del Consorcio que aborde las cuestiones planteadas por dicho Consejero; y posponiéndose la decisión respecto al punto del orden del día a una sesión posterior, que podrá llevarse a cabo por la propia Mesa de Contratación del Consorcio, de la que se de cuenta a este Consejo de Administración de los acuerdos que se adopten.
3º.- Es preciso tener en cuenta que respecto de las parcelas en cuestión, en concreto sobre las identificadas como 2-c, 5-b y 7-a existen dos ofertas para cada una de ellas.
Es por ello, que por parte del secretario del Consejo de Administración se emitió un informe en el cual se concluía que era más adecuado la convocatoria de una nueva licitación. Dicho informe se emitió como consecuencia de mi solicitud de adjudicar directamente las parcelas a las comunidades de viene; es por ello, que se denegó esa posibilidad en base a ese informe. La Comunidad de Madrid, a través del presidente de la Mesa de Contratación, mantenía la tesis de adjudicar las parcelas directamente en los casos en que hubiera una sola oferta y sacar a licitación las 3 parcelas respecto de las que existían tres ofertas, es decir la 2-c, 5-b y la 7-a.
Por mi parte, propuse que se adjudicaran directamente las parcelas a las comunidades de bienes; sin embargo; en uno de los casos no era posible dado que existían dos ofertas por dicha parcela.
Finalmente, en el Consejo de Administración celebrado el día 14 de abril de 2016 se acordó la convocatoria de un nuevo concurso público para la venta de esas parcelas. En dicha sesión del Consejo de Administración, los representantes del Ayuntamiento de Móstoles, incluido el que suscribe, mantuvieron la necesidad de dar un plus en los pliegos de cláusulas a las comunidades de bienes que habían presentado ofertas; sin embargo, tal opción fue denegada por los representantes de la Comunidad de Madrid.
Eduardo Gutiérrez Cruz
Portavoz de IUCM-LV y Concejal de Urbanismo y Vivienda