04/11/2015
El Ayuntamiento de Arroyomolinos gana el contencioso que devuelve a propiedad pública el suelo del colegio Solynieve
Siguiendo el contenido estricto de dicho fallo, el Ayuntamiento de Arroyomolinos procedió a instar un procedimiento de resolución similar al de un contrato administrativo con audiencia de las partes y solicitando informe al consejo consultivo, recayendo resolución en vía administrativa, por lo que se declaró resuelto el contrato de forma unilateral por parte de la administración. Dicha resolución fue impugnada en vía jurisdiccional y anulada por el juzgado de lo contencioso administrativo nº 11 en sentencia de 30 de julio de 2012 por considerar que a todos los efectos legales, la resolución de un derecho de superficie es un contrato privado de la administración y por lo tanto, la resolución del mismo debe de ser planteada ante los juzgados y tribunales ordinarios tomando en consideración que no se afecta a nada relacionado con la adjudicación del mismo.
Derivado de esta situación, por parte de los servicios jurídicos se plantea demanda de juicio ordinario con arreglo a la ley de enjuiciamiento civil, dándose audiencia a todos y cada uno de los deudores con cargas inscritas en el folio del derecho de superficie que son: Ortiz Construcciones y Proyectos, Tesorería General de la Seguridad Social y Hacienda Pública; alegándose por parte del Ayuntamiento a lo largo del procedimiento las cuantiosas deudas que el citado colegio poseía frente al Ayuntamiento.
Sustantivamente, el pleito dirimido toma su base en cuestiones ya juzgadas siendo por tanto un procedimiento obligado para la administración al objeto de evitar cualquier desobediencia a la autoridad judicial, obteniéndose sentencia nº 153/2015 del juzgado de 1ª instancia Nº2 de Navalcarnero en virtud de la cual se estima la demanda formulada por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento la cual implica la consolidación anticipada de la propiedad del suelo y de lo edificado a favor del Ayuntamiento de Arroyomolinos sin contraprestación alguna para el superficiario en concepto de indemnización y con expresa condena en costas.
La sentencia abre la puerta al Ayuntamiento de Arroyomolinos para negociar con los acreedores inscritos en el registro de la propiedad al objeto de solventar la grave situación que deja el colegio al Ayuntamiento.