Portal de tu Ciudad Alta
← Noticias de Vega Baja

04/09/2017

Ya se puede solicitar las ayudas al pago de los recibos de agua potable en Torrevieja

La concejala de Tercera Edad, Fabiana Ibarra, ha informado que a partir del próximo uno de septiembre se puede solicitar una ayuda para el pago de los recibos del agua potable abonados en la anualidad 2016. Ibarra ha señalado que estas ayudas se enmarcan el "objetivo de la concejalía de prestar asistencia a nuestros mayores que se encuentran en una situación delicada".

La edil ha concretado que "las ayudas van dirigidas a atender situaciones de necesidad en las que se pueden encontrar los ciudadanos de Torrevieja en atención a su edad". El plazo de solicitud concluirá el próximo 30 de noviembre y podrán optar las personas perceptoras de una pensión por jubilación, viudedad, orfandad, a favor de familiares o incapacidad permanente o los mayores de 60 años, que acrediten separación matrimonial, y aunque no sean pensionistas perciban una pensión de carácter compensatorio a cargo de su ex cónyuge, careciendo por tanto de otros ingresos propios.

Entre los requisitos que han de cumplir los beneficiarios se encuentra estar empadronado al menos dos años en Torrevieja y que la renta per cápita de la unidad de convivencia del solicitante no supere el 7.455'14 euros anuales.

Las bases de la subvención también indican que los recibos por los que solicita la ayuda deben estar abonados en la fecha de presentación, además se señala que sólo se concederá a un solicitante dentro de cada unidad de convivencia.

Ibarra ha añadido que "el importe a conceder tiene un carácter de máximo y alcanzará la cantidad de 260 euros anuales". Las personas interesadas pueden recoger la instancia en la concejalía de la Tercera Edad en la calle Torrevejenses Ausentes 39, en el mismo lugar en el que se encuentra la concejalía de Bienestar Social y donde pueden acceder al contenido íntegro de la convocatoria.

Más noticias

31/08/2021

Nueva convocatoria de ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad

22/11/2019

Nueva convocatoria de ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad

Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de las ayudas los centros especiales de empleo que hayan obtenido su calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Extremadura y que no se encuentren incursos en alguna causa de descalificación. El plazo de vigencia a efectos de presentación de solicitudes será de un año a partir del día 22 de noviembre. Los interesados deberán solicitar las subvenciones durante el periodo de vigencia de la convocatoria. Para las ayudas establecidas en el Programa I, en el plazo de un mes desde la fecha de inicio de las contrataciones indefinidas iniciales o de las transformaciones. Para las ayudas establecidas en el Programa II, las solicitudes podrán presentarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la finalización del mes por el que se solicita la subvención. Asimismo, se habilita un plazo excepcional de un mes, a partir del día 22 de noviembre, para que puedan presentarse solicitudes que no hubieran podido ser presentadas en la convocatoria anterior por finalización de su vigencia. Las solicitudes podrán presentarse en los registros del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) o en cualquiera de las oficinas del Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución procedente será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud y se notificará individualmente al interesado.   http://www.juntaex.es/

21/02/2019