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02/08/2018

Seguridad ante todo.

Seguridad ante todo.
Abraham Maslow, un psicólogo estadounidense muy reconocido por su estudio en la psicología humanística, desarrolló las necesidades básicas que tiene una persona, a lo que tiempo más tarde se conocería como La Pirámide de Maslow. En ella la seguridad tiene la segunda posición, después de existir, el sentirse seguro con la familia, con los amigos, incluso tener asegurado la propiedad privada, es un requisito fundamental.

Para asegurarnos sólo es necesario confiar: confiar en tus padres, confiar en tu agente de seguros, o, confiar en ti mismo.

Jaime Casas, Director General de Wincontrol Seguridad, en la siguiente entrevista nos cuenta la responsabilidad que tiene ser tu asegurador de confianza.
Seguridad ante todo.
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Nueva convocatoria de ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad

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Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de las ayudas los centros especiales de empleo que hayan obtenido su calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Extremadura y que no se encuentren incursos en alguna causa de descalificación. El plazo de vigencia a efectos de presentación de solicitudes será de un año a partir del día 22 de noviembre. Los interesados deberán solicitar las subvenciones durante el periodo de vigencia de la convocatoria. Para las ayudas establecidas en el Programa I, en el plazo de un mes desde la fecha de inicio de las contrataciones indefinidas iniciales o de las transformaciones. Para las ayudas establecidas en el Programa II, las solicitudes podrán presentarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la finalización del mes por el que se solicita la subvención. Asimismo, se habilita un plazo excepcional de un mes, a partir del día 22 de noviembre, para que puedan presentarse solicitudes que no hubieran podido ser presentadas en la convocatoria anterior por finalización de su vigencia. Las solicitudes podrán presentarse en los registros del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) o en cualquiera de las oficinas del Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución procedente será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud y se notificará individualmente al interesado.   http://www.juntaex.es/

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