19/06/2018
Se ha autorizado la convocatoria de las ayudas complementarias al alquiler de viviendas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, el Ejecutivo ha aprobado un decreto mediante el que se regula la concesión de estas ayudas, a las que podrán optar las familias que encuentran dificultades para disponer de “un hogar donde vivir” o que no han podido acceder hasta ahora al parque de viviendas sociales de la Comunidad Autónoma y que la portavoz del Ejecutivo ha cifrado en más de 13.000.
En este sentido, Gil Rosiña ha recordado “el esfuerzo” que ha realizado la Junta de Extremadura, desde el inicio de la legislatura, para dar una respuesta a estas familias.
Así, ha citado como ejemplo las medidas que se han puesto en marcha para evitar los desahucios y el desarrollo de programas como las Bolsas de Alquiler Asequible, así como el trabajo que se ha llevado a cabo en el ámbito del parque público de viviendas.
Sin embargo, la portavoz ha reconocido que, a pesar de todas estas medidas, hay familias que necesitan una ayuda específica por no haber obtenido cobertura en alguno de los recursos públicos mencionados y a las que se pretende dar una respuesta con el decreto y la convocatoria aprobados este martes.
De acuerdo con el decreto regulador, podrán optar a las subvenciones las personas físicas o unidades familiares o de convivencia que hayan sido desahuciadas judicialmente por falta de pago de la renta de la vivienda que ocupasen en virtud de un contrato de arrendamiento.
También podrán optar las que, habiendo solicitado una vivienda de promoción pública y reuniendo los requisitos para su adjudicación, no hayan podido acceder a la misma por falta de disponibilidad de la Junta de Extremadura.
Por último, podrán ser beneficiarias las personas físicas o unidades familiares que hayan solicitado ante el ayuntamiento del municipio correspondiente la adjudicación de una vivienda de promoción pública sin que exista, en esa localidad, un procedimiento de adjudicación de viviendas abierto o una lista de espera vigente, o bien que, existiendo dicha lista, la persona interesada no se encuentre incluida en ella.
La ayuda estará destinada a financiar el pago del alquiler de una vivienda arrendada en el ámbito territorial de la región, hasta que se proceda a la adjudicación de una vivienda de promoción pública.
De acuerdo con la orden de convocatoria autorizada hoy, la cuantía de la ayuda será del 65 por ciento del importe mensual de la renta, con un límite máximo de 260 euros, impuestos excluidos.
En caso de que las personas beneficiarias tengan la condición de refugiadas, la cuantía de la ayuda será del cien por cien del importe mensual de la renta, con un límite máximo de 350 euros, impuestos excluidos, durante los 6 primeros meses del período de percepción de la misma.
AYUDAS PARA CENTROS RESIDENCIALES Y DE DÍA
También dentro del ámbito de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, el Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la construcción, ampliación, reforma y equipamiento de centros residenciales y de atención diurna para personas mayores.
Estas ayudas se convocarán próximamente con una dotación económica de 5.240.000 euros, según avanzó la portavoz del Ejecutivo.
Gil Rosiña ha enmarcado estas ayudas en las políticas públicas que la Junta de Extremadura y otras administraciones llevan a cabo para dar respuesta a las necesidades de una sociedad, como la extremeña, que se enfrenta al problema del envejecimiento de su población.
En este sentido, ha recordado que un 20 por ciento de las extremeñas y los extremeños tienen más de 65 años y que en la región hay 34.000 peersonas dependientes, de las cuales 26.000 son atendidas por el SEPAD.
El decreto aprobado hoy, ha señalado Gil Rosiña, es fruto de la “cogobernanza y la corresponsabilidad” entre administraciones, ya que se financiarán con fondos europeos y con fondos provenientes de la Junta de Extremadura, de las diputaciones provinciales y de los ayuntamientos.
De acuerdo con el decreto, serán actuaciones subvencionables la construcción de nuevos centros, la continuación de obras inacabadas, la reforma y/o ampliación de centros y la adquisición de equipamiento para los centros.
En este último caso, tendrá la consideración de equipamiento subvencionable el mobiliario, el mobiliario geriátrico y/o la maquinaria industrial estrictamente necesarios para la puesta en marcha de plazas para personas dependientes.
En el caso de convocatorias financiadas con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las entidades beneficiarias podrán ser las entidades locales menores y los municipios de menos de treinta mil habitantes.
La subvención será de un 33 por ciento del presupuesto de la obra o suministro subvencionados, con límites de entre 75.000 y 300.000 euros, en función del tipo de actuación subvencionable.
En el caso de convocatorias con cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de Extremadura 2014-2020 (solo para reforma y/o ampliación de centros y la adquisición de equipamiento), las entidades beneficiarias podrán ser las entidades locales menores y los municipios de menos de seis mil habitantes.
La subvención será de un 33 por ciento del presupuesto de la obra o suministro subvencionados, con límites de 75.000 euros (equipamiento) o de 200.000 euros (reforma o ampliación).