18/11/2011
Los ciclistas que circulen por la acera podrán ser multados hasta con 500 euros
Circulación. Los ciclistas no podrán circular por la acera y en el caso de hacerlo se exponen a multas de hasta 500 euros. En concreto, los ciclistas que no provoquen peligro al circular por la acera podrán ser sancionados con hasta 100 euros; y los que lo hagan de forma temeraria con 500 euros. Los ciclistas tampoco podrán circular por las plazas, parques y jardines, excepto los menores de 8 años que vayan acompañados de un adulto.
Velocidad. Una de las principales novedades es que el nuevo borrador especifica la velocidad a la que pueden circular los ciclistas. Así, la velocidad máxima para los que circulen por los carriles ubicados en la calzada será de 25 km/h; se reducirá a 15 km/h cuando esté entre los lugares destinados al estacionamiento de vehículos y de la acera. En las sendas ciclables (vías para viandantes y ciclos) no podrán superar los 15 km/h; mientras que en las ciclo calles se podrá llegar a los 30 km/h.
Prohibiciones. Algunas de las prohibiciones que contempla la ordenanza son conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos de sonido o móvil; conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas; hacer carreras entre ciclos; agarrarse a otros vehículos para ser remolcados; y circular zigzagueando entre vehículos y viandantes.
Peatones. Los viandantes tendrán preferencia sobre los ciclistas en las sendas ciclables, zonas para viandantes en las que tengan permitido circular y en las calles residenciales. En las calles para viandantes, cuando las bicis puedan circular, los ciclistas deberán respetar la distancia de un metro de separación de las fachadas y adecuar la velocidad a la de los peatones.
Estacionamiento. Las bicis deberán aparcar en los espacios habilitados para ello. En el caso de no haber en un radio de 50 metros, los ciclos podrán ser amarrados a elementos del mobiliario urbano durante un plazo que no supere las 24 horas. Se debe respetar un espacio libre mínimo de un metro y medio como zona de tránsito para el peatón y no se debe ocupar más de un 25% de ancho de la acera.