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08/02/2016

Servicios Sociales cambia el procedimiento normativo autonómico de dependencia para mejorar la protección de los usuarios

Servicios Sociales cambia el procedimiento normativo autonómico de dependencia para mejorar la protección de los usuarios
Fuente: Govern de les illes Balears
El Consell de Govern ha aprobado la modificación del Decreto 83/2010, que establece los principios generales del procedimiento de dependencia, con el objetivo de mejorar la protección de los usuarios y corregir situaciones que les perjudicaban. Esta modificación normativa se añade a otras actuaciones de la Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación con la finalidad de reactivar el ámbito de la dependencia, como es el incremento de la contratación de trabajadores sociales y valoradores para dar salida a la acumulación de expedientes, el concierto de nuevas plazas y el aumento de personal de las residencias para mejorar la calidad del servicio.

Uno de los principales cambios derivados de esta modificación normativa es que, a partir de ahora, una persona con dependencia que lleve más de 60 días a la espera de acceder a una residencia pueda disponer de una prestación económica de atenciones en el entorno familiar o en el caso de que no haya plazas disponibles en su entorno próximo. Se trata de una posibilidad prevista en la legislatura 2007-2011 que fue retirada durante la pasada legislatura y que ahora se recupera para evitar que el déficit histórico de plazas residenciales en las Illes Balears deje a las personas con dependencia con derecho a una plaza residencial sin recibir ni este servicio ni una prestación económica.

Otro cambio importante en la normativa es que no se llevará a cabo de oficio la revisión del grado cuando una persona se encuentre ingresada en una residencia. De este modo, las personas que ya se encuentran en un centro residencial no serán revaloradas y se evitarán casos como que a un usuario que haya mejorado en autonomía personal gracias a la atención continuada en la residencia, se le retire la prestación.

Por otra parte, a partir de ahora, la responsabilidad de iniciar la revisión de los grados de dependencia es asumida por la Administración y no por la persona con dependencia, su cuidador, tutor, o representante legal. Esto significa que, sin perjuicio de la posibilidad que tiene la persona interesada de solicitar esta revisión a instancia de parte, será la Administración quien de oficio iniciará la revisión de los grados. Se trata de un cambio normativo importante, dado que se han detectado casos en los que el usuario, por varios motivos y después de meses, no ha solicitado la revisión del grado y la Administración le ha acabado reclamando dinero, con carácter retroactivo. De este modo, se asegura que la responsabilidad de realizar las revaloraciones recaiga sobre la Administración.

Otro cambio importante es el que permite la combinación de servicios y prestaciones de dependencia, con el objetivo de asegurar la permanencia de las personas con dependencia en su domicilio y promover su autonomía personal. La normativa modificada permitirá a los profesionales valorar la idoneidad de hacer compatible, por ejemplo, el servicio de ayuda a domicilio con una prestación económica, siempre que entre las dos no superen el 100 % del coste de los servicios.

Estos cambios normativos suponen un paso más en la reactivación del ámbito de la dependencia en las Illes Balears.
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