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12/04/2016

El Govern aprueba el decreto que regula el Registro de Informes de Evaluación de Edificios de las Illes Balears

El Govern aprueba el decreto que regula el Registro de Informes de Evaluación de Edificios de las Illes Balears
Fuente: Govern de les illes balears
El Consell de Govern ha aprobado el decreto que regula la creación y funcionamiento del Registro de Informes de Evaluación de Edificios de las Illes Balears.
La Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, dispone que todas las personas propietarias de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva están obligadas a realizar un informe, cuya información, en adelante, estará contenida en el Registro que este decreto regula.
Bajo la dependencia orgánica de la Conselleria de Territorio, Energía y Movilidad, se crea un registro único e informatizado, de carácter administrativo, autonómico y público, para poder consultar la información que figure en él, tal y como exige la legislación básica del Estado y también la autonómica.
En el registro se inscribirán los informes con resultado favorable; los que tengan resultado desfavorable, junto con la descripción de las deficiencias, las posibles causas y las medidas de enmienda; así como los informes que acrediten que se han realizado las obras correspondientes para subsanar las deficiencias observadas. El periodo para presentar enmiendas es de diez días, plazo durante el que se podrán aportar los documentos preceptivos o subsanar la falta.
Los técnicos competentes en la redacción de informes los tendrán que elaborar mediante la aplicación informática de la página web <https://iee.fomento.gob.es/> del Ministerio de Fomento o la que la sustituya, y los entregarán a la persona propietaria única o a la comunidad de personas propietarias del edificio en soporte digital.
Según este decreto, será competencia de cada ayuntamiento asentar cada uno de los informes directamente en el Registro, mediante la plataforma digital que creará la Conselleria de Territorio, Energía y Movilidad. Transitoriamente, hasta que no se publique esta plataforma, los ayuntamientos tendrán que enviar a la Conselleria el informe presentado en soporte digital.
A través de la plataforma digital de la Conselleria de Territorio, Energía y Movilidad se podrá consultar la información general que figure en el Registro sobre el emplazamiento del edificio, el hecho de si se dispone o no del informe y, en su caso, su fecha y la periodicidad con que se tiene que someter a la evaluación.
Todas las personas con interés legítimo pueden consultar, mediante una solicitud previa, la información específica sobre un edificio.
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