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05/12/2016

El Govern requiere formalmente al Estado que deje sin efecto los cambios del descuento de residente en grupos

El Govern requiere formalmente al Estado que deje sin efecto los cambios del descuento de residente en grupos
Fuente: Govern de les illes balears
El Govern de les Illes Balears ha aprobado un acuerdo mediante el cual formaliza un requerimiento al Ministerio de Fomento para que revoque y deje sin efecto la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil de 27 de octubre de 2016 por la que se introducen variaciones en la liquidación del descuento de residente para viajes colectivos, puesto que puede causar perjuicios a los ciudadanos de las Illes Balears debido al encarecimiento de los precios finales de los billetes.
En concreto, la medida de la Dirección General de Aviación Civil supone aplicar el descuento de residente del 50 % únicamente al precio que se fije como «tarifa máxima» para cada ruta, mientras que la parte del precio que exceda de este límite no estará sujeta a descuento. La Resolución de la Dirección General de Aviación Civil entra en vigor el próximo mes de enero y, por ello, el Govern de les Illes Balears ha planteado este requerimiento a fin de que se suspenda y evitar así sus consecuencias.
La presentación de este requerimiento es el primer paso para frenar la medida que pretende activar el Gobierno central, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Este requerimiento es previo a una eventual interposición de un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales, y su objetivo es conseguir que el Ministerio de Fomento anule, revoque o modifique la Resolución. Si no lo hiciera, se planteará el recurso en la jurisdicción contencioso- administrativa.
El Govern considera que es imprescindible suspender la entrada en vigor de la medida para que se pueda negociar su contenido entre el Estado y la Comunidad Autónoma, de forma que el establecimiento de medidas de control que pretende la Resolución respecto de la liquidación de la bonificación del descuento de residente por las compañías aéreas no se traduzca en perjuicios a los ciudadanos de las Illes Balears.
En el requerimiento que plantea el Govern de les Illes Balears se cuestiona tanto la forma de resolución de la Dirección General de Aviación Civil —que se entiende que no es la que corresponde— como su contenido. En cuanto a la forma, el Govern de les Illes Balears advierte de que una decisión que pretende introducir cuantías máximas bonificables tiene que ser tomada por el ministro de Fomento mediante una orden ministerial y no con una resolución de la Dirección General de Aviación Civil.
El Govern también recuerda que la Ley 30/1998 del Régimen Especial de las Illes Balears prevé —en su artículo 5— que cualquier cambio de la cuantía de la subvención a los residentes en materia de transportes tendrá que ser objeto de consulta al Govern de les Illes Balears y que, en ningún caso, podrá suponer una disminución de las ayudas ya acordadas o un deterioro de la calidad del servicio.
Por ello, una limitación de la subvención por transporte aéreo —que es en definitiva lo que supone la medida que ha tomado la Dirección General de Aviación Civil— exige una orden ministerial y siempre con la consulta previa al Govern de les Illes Balears, lo que no se ha producido y que, ya por si solo, obliga al Govern a requerir que quede sin efecto la Resolución.
En cuanto al contenido de dicha resolución, el Govern también lo considera inaceptable y muy perjudicial para los intereses de los ciudadanos de las Illes Balears. La Resolución fija unos precios máximos bonificables para las diferentes rutas para los billetes vendidos —mediante acuerdos— a distintos colectivos, como empresas, asociaciones, entidades del sector público, entre otros. La parte del billete que exceda de este precio máximo no quedará afectada por el descuento del 50 %, de forma que se encarecerá lo que se tendrá que pagar por el billete.
El Govern advierte también de que esta tarifa máxima por trayecto se ha fijado siguiendo un cálculo de precios medios de mercado que no responde a la realidad de los precios del transporte aéreo con las islas porque no tiene en cuenta ni todos los trayectos posibles, ni la estacionalidad ligada a los precios ni la urgencia o la necesidad de adquirir billetes, hechos que inciden directamente en los precios.
Asimismo, el Govern de les Illes Balears cuestiona también que se fije la obligación de que todos los acuerdos o convenios de las compañías con colectivos estén previamente registrados porque, en un ámbito tan sensible en el coste del transporte insular como son las Illes, implica la imposibilidad de adoptar acuerdos verbales o de urgencia que puedan cubrir necesidades urgentes de estos colectivos.
Los precios máximos subvencionables que ha fijado la Resolución de la Dirección de Aviación Civil y que el Govern balear reclama que queden sin efecto son:
Palma-Barcelona: 48 euros
Palma-Madrid: 71 euros
Eivissa-Barcelona: 52 euros
Eivissa-Madrid: 54 euros
Maó-Barcelona: 54 euros
Maó-Madrid: 104 euros
Illes Balears – resto del territorio: 62 euros.
A partir de estas tarifas máximas, no se aplicaría el descuento de residente
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