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28/02/2017

El Govern aprueba el proyecto de ley de accesibilidad universal

El Govern aprueba el proyecto de ley de accesibilidad universal
Fuente: Govern de les illes balears
El Consell de Govern ha aprobado el Proyecto de Ley de Accesibilidad Universal, que tiene como objetivo garantizar la autonomía personal de todos los ciudadanos en todos los ámbitos, con independencia de su situación vital. El proyecto de ley se dirige tanto a la ciudadanía en general como a las entidades públicas y privadas. Además de la eliminación de barreras arquitectónicas, la norma regula también la accesibilidad en otros ámbitos, a fin de que todo el mundo tenga garantizado el acceso a servicios, medios de transportes, productos, información y comunicaciones, siempre con la finalidad de conseguir una verdadera accesibilidad universal.
Entre las medidas más importantes incluidas en el texto, deben destacarse las indicadas a continuación.
Espacios públicos y edificios
— Los instrumentos de planeamiento urbanístico deberán prever las medidas pertinentes para garantizar la accesibilidad universal en los espacios urbanos de uso público; incluso en los espacios naturales se deberán garantizar itinerarios y servicios accesibles.
— Los entes locales deberán tener su plan de accesibilidad.
— Las edificaciones de nueva construcción de uso público—tanto de titularidad pública como privada— tienen que ser accesibles.
— Con respecto a viviendas protegidas, se reservará un porcentaje del 4 % para las personas con movilidad reducida, tanto si es una promoción pública como privada. En estos casos, cabe decir que accesibles deben serlo siempre y que un porcentaje tendrá que estar adaptado.
Transportes
— Tanto los medios de transporte como sus instalaciones y espacios comunes deberán ser accesibles para personas con cualquier discapacidad. Su desplazamiento en transporte público debe estar garantizado. También tienen que ser accesibles los sistemas de información y atención al público en el transporte.
— Otro aspecto en el que incide la ley es el incremento del control sobre las tarjetas de estacionamiento, para garantizar su uso correcto.
Accesibilidad en los espacios naturales de uso público
En los espacios naturales, allí donde se desarrollen actividades destinadas al uso público, se deberán prever itinerarios y servicios accesibles, en los casos y de la forma que sea técnicamente posible, de modo que se combine el respeto al medio ambiente con el derecho de todas las personas a disfrutar de la naturaleza, en las condiciones básicas de accesibilidad establecidas reglamentariamente.
Señalización e información
La señalización y la información tienen que ser accesibles para todo el mundo, de modo que tanto en interiores como en exteriores —incluso en los espacios naturales de titularidad pública— cualquier persona pueda recibir la información y comprenderla de forma autónoma. Se prevé también la obligatoriedad de que los estudios de seguridad y los planes de emergencia incluyan procedimientos de aviso y medios de apoyo a las personas con discapacidad.
Acceso a los productos
El proyecto de ley tiene en cuenta que hay barreras que no son físicas pero que resultan igualmente importantes e impiden el acceso normal de las personas con determinadas discapacidades a diferentes productos. A modo de ejemplo, el texto recoge que todos los productos peligrosos, farmacéuticos o alimenticios con fecha de caducidad deberán incorporar un etiquetado o sistema alternativo que permita que puedan acceder a los mismos las personas con discapacidad visual. También debe existir un etiquetado fácil para las personas con discapacidad cognitiva.
Atención al público en la Administración
Las personas que presten atención al público en cualquier administración deberán tener formación para poder atender a una persona con discapacidad. También se establece la obligación de que haya personal intérprete del lenguaje de signos. Este punto ha sido incorporado a petición de la Federación de Personas Sordas de las Illes Balears.
De la misma manera, en la prestación de servicios públicos se debe garantizar el acceso a la información con la utilización de sistemas y medios que combinen la comunicación auditiva, táctil y visual.
Comunicaciones
El proyecto incluye la obligatoriedad de que la información que proporcione la Administración sea accesible a través de Internet y también que se prevean las condiciones de accesibilidad en las actividades de ocio, deporte, lúdicas y culturales que se lleven a cabo.
Por otra parte, los medios de comunicación audiovisuales tienen que ir incorporando sistemas de audiodescripción, subtitulación y lenguaje de signos para hacer accesible la programación, según establece la Ley 5/2013, de 1 de octubre, Audiovisual de las Illes Balears.
Régimen sancionador
El proyecto de ley contempla un régimen sancionador, con penalizaciones económicas que van desde los 300 € (infracciones leves) hasta los 300.000 € (infracciones muy graves), como herramienta para asegurar a los colectivos de personas con discapacidad que se cumplan las normas cuyo objetivo es una sociedad con igualdad de oportunidades para todo el mundo.
El Govern aprueba el proyecto de ley de accesibilidad universal
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