27/02/2016
El Consell se ve obligado a resolver el contrato del tramo I por cuestiones técnicas
Los motivos de la resolución, que son técnicos y jurídicos, incluyen la inviabilidad de la construcción del puente número 3 porque afecta a un poliducto, donde encontramos gas, electricidad de alta y baja tensión y fibra óptica, entre otros servicios. Además, no había ninguna garantía de que un enlace previsto para desviar el tráfico funcionara, porque no se había hecho ninguna simulación de tráfico.
Tampoco se había previsto la dificultad que suponía construir un paso inferior en la Ma-19 (autopista de Levante) y que podía suponer un incremento de las obras y una problemática para el tráfico, porque no se había previsto que el paso inferior se construía por debajo del nivel del mar. Sobre este paso inferior, también estaba previsto un puente que afectaba a un oleoducto que conecta CLH con el aeropuerto.
En enero de 2015, los técnicos del Consejo redactaron el acta de replanteo en la que se indicaba la inviabilidad del proyecto. Desde ese momento, se pusieron a analizar la posibilidad de modificar el proyecto. Sin embargo, se debería llevar a cabo un elevado número de modificaciones, que incrementaría mucho el costo. Además, la Ley de contratos marca que una modificación que supere el 10% es sustancial. Por este motivo, en diciembre de 2015, la Secretaría General del Consejo informó contra la modificación y es a partir de este momento que surge la necesidad de resolver el contrato. Hay que remarcar que, hay varios informes técnicos y jurídicos que marcan la imposibilidad de llevar a cabo este proyecto.
La redacción del proyecto constructivo y la ejecución de las obras se adjudicaron en noviembre de 2014, con un presupuesto de € 28.194.537,70. La empresa adjudicataria fue la UTE (Unión Temporal de Empresas) Vías y Obras SA y Excavaciones s'Horta SA.
El secretario técnico del departamento, Jaume Colom, expuso cuáles son los siguientes pasos a seguir. A partir de ahora, se llevará el decreto de resolución en la próxima Comisión Informativa. Después, la empresa recibirá la notificación oficial y tendrá 10 días para presentar las alegaciones que considere oportunas. Según la Ley de contratos de las administraciones públicas, se deberá indemnizar a la empresa contratista con un 3% de lo que no se ha ejecutado.