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10/12/2016

Consumo sanciona con unos 120.000 euros a cuatro compañías aéreas por cláusulas no show

Consumo sanciona con unos 120.000 euros a cuatro compañías aéreas por cláusulas no show
Fuente: Sancion compañia aerea
La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud ha sancionado con unos 120.000 euros a cuatro compañías aéreas para aplicar cláusulas de no presentación (no show), por las que a aquel pasajero que ha comprado un billete de dos o más trayectos (normalmente de ida y vuelta) y que finalmente no coge el primer vuelo automáticamente le cancelan los otros.
 
De los siete expedientes resueltos relacionados con esta cláusula abusiva, que suman exactamente 118.700 euros, cuatro corresponden a Iberia, uno a Iberia Express, uno a Air Europa y uno a Air Berlin. 
 
Portal del Consumidor, un sitio de consulta y para reclamar
La Dirección General de Consumo recomienda a los usuarios que antes de viajar se informen en el Portal del Consumidor de sus derechos como viajeros y usuarios y recuerda que, en caso de desear realizar una consulta presencial y gratuita en las oficinas, tienen que pedir cita previa en la web o llamando al número 900 160 000. Igualmente, esta web ofrece la posibilidad de presentar reclamaciones por vía telemática utilizando un certificado digital.
 
Algunos consejos para los consumidores ante incidencias aéreas
En caso de que se produzcan incidencias en el vuelo, los pasajeros deben saber cuáles son sus derechos:
 
Si el vuelo se retrasa más de tres horas, los pasajeros deberán pedir un certificado en el mostrador de información de AENA, antes de la ida o a la vuelta. Un gran retraso se equipara a una cancelación del vuelo y conforme a la normativa comunitaria genera una compensación de entre 300 y 600 euros al pasajero.
Si el vuelo se cancela, el pasajero deberá pedir el certificado a AENA y guardar la tarjeta de embarque del vuelo, así como la tarjeta del siguiente vuelo para acreditar su cancelación. La compañía indemnizará a los pasajeros con una compensación de entre 300 y 600 euros según la distancia del vuelo.
En caso de que se produzca un overbooking corresponde indemnización.
 
Recomendaciones si se viaja con equipaje
 
Debe comprobarse en el mostrador de facturación que ponen la etiqueta de facturación en el equipaje.
Si hay objetos de valor en el equipaje, es mejor facturarlo con ‘valor declarado’. Ello supone ir un día antes al aeropuerto con la maleta para que el personal de la compañía compruebe los objetos de valor que contiene, los valore, y haga un seguro por el que se pagará un sobrecoste.
Antes de salir del aeropuerto de llegada, hay que revisar las maletas facturadas por si se hubieran deteriorado en el trayecto y, a ser posible, mirar también el interior, por si falta alguna cosa. En ambos casos, hay que dirigirse al mostrador de la compañía con la que se vuela, antes de salir de la zona de recogida de equipajes, para presentar un informe de irregularidad de equipaje. Posteriormente, antes de siete días, debe presentarse una reclamación por escrito a la compañía, en la que se detalle la incidencia y el importe que se reclama.
En caso de extravío o pérdida del equipaje, se cumplimentará el informe de irregularidad de equipaje antes de abandonar la zona de recogida del equipaje. Es importante indicar una dirección de entrega para el caso de que la compañía recupere el equipaje extraviado.
También es importante introducir en un bolsillo de la maleta una tarjeta con el nombre, teléfono y dirección de destino del pasajero, puesto que muchos equipajes extraviados se recuperan y si no van identificados la compañía no sabe a quién entregarlos.
De no recuperarse el equipaje perdido en siete días, el viajero presentará una reclamación por escrito a la compañía, adjuntado una copia del informe de irregularidad de equipaje.
 
Consumo sanciona con unos 120.000 euros a cuatro compañías aéreas por cláusulas no show
Sancion compañia aerea
Consumo sanciona con unos 120.000 euros a cuatro compañías aéreas por cláusulas no show
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