21/06/2018
Multas de 3.000 euros a los autónomos que no se han dado de alta correctamente
La Seguridad Social ya está vigilando el método, avisan las asesorías
Antes del 1 de enero de este 2018, los trámites para empezar a trabajar como autónomo pasaban primero por el alta en Hacienda para poder facturar y después el alta en la Seguridad Social. Y eso se debía de hacer en un plazo de 30 días naturales desde el inicio de actividad.
Ahora, con la nueva normativa, las tornas cambian: el alta del profesional autónomo en la Seguridad Social no puede hacerse con posterioridad a la fecha de inicio de la actividad (que lo marca Hacienda). Así, el autónomo debe darse de alta en Seguridad Social hasta 60 días antes de su alta en Hacienda.
Por último, y según aseguran desde Cinco Días, la Seguridad Social ya está vigilando esta cuestión, pues se estaría cometiendo una irregularidad que tendría una multa de 3.000 euros.
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