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30/10/2015

Abierto el plazo de solicitud de ayudas para 404 viviendas afectadas por el ARU León Oeste

El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado la convocatoria para para solicitar las ayuda para las vivienda afectadas por la primera fase el proyecto de Área de Regeneración Urbana (ARU) León Oeste

El plazo para solicitar las ayudas para la mejora de viviendas contempladas en el proyecto de Área de Regeneración  Urbana (ARU) León Oeste finaliza el próximo 27 de noviembre. El Boletín Oficial de Castilla y León, con fecha de 26 de octubre de 2015, ha publicado la convocatoria de la primera fase para acceder a estas ayudas.

La concejala de Urbanismo y Medio Ambiente, Ana Franco, ha explicado que el ARU es una herramienta para mejorar las condiciones de habitabilidad de las viviendas, con acciones sobre todo encaminadas a reducir el consumo energético, mejoras de fachadas o la habilitación de ascensores. Franco ha señalado que el objetivo es “erradicar la infravivienda con acciones integradas” que permitirán el desarrollo económico y social de las áreas contempladas en el ARU, como son los barrios de Pinilla, La Vega, Quevedo, La Sal, Armunia y  Trobajo del Cerecedo.

El proyecto global del ARU León Oeste contempla la intervención global en 404 viviendas y 3-4 intervenciones urbanísticas, con una inversión de 6.337.25 millones de euros. Este presupuesto está cofinanciado entre el Ministerio de Fomento (35% para las anualidades 2015 y 2016), Junta de Castilla y León (25% de 2015 a 2017) y Ayuntamiento de León (25% de 2015 a 2017).  El 15% restante corresponde a los propietarios de las viviendas (particulares o comunidades).

En la primera fase, objeto de esta primera convocatoria (205-2016), se actuará sobre 286 viviendas, que suponen el 60% del total contemplado en el proyecto.  Las obras deberán estar ejecutadas antes de septiembre de 2016. Las 118 viviendas restantes entrarán en segunda convocatoria, 206-2017.

La concejala de Urbanismo precisó que los modelos de solicitud de las ayudas están en la página web del Ayuntamiento y en la del Instituto Leonés de Renovación Urbana y Vivienda (http://www.ilruv.es/perfil-del-contratante/normativa-y-convocatorias-subvenciones/)


AMBITO DEL ARU LEON OESTE

1.- Subzona A del ARU León Oeste fase 2 - Inmuebles residenciales a rehabilitar en Pinilla y Quevedo:

Av. de Carlos Pinilla, impares nº 1 a 27, salvo 5, 7, y 9 y pares nº 4 a 26.
C/ Bernesga, nº 1, 3, 4, 5 y 6.
C/ Cea, nº 1 y 3.
C/ Curueño, nº 1, 2, 3, 4, 5 y 6.
C/ Esla, nº 1, 3, 5 y 7.
C/ Omaña, nº 1, 2, 3 y 4.
C/ Órbigo, pares nº 4 a 22 e impares nº 1 y 3.
C/ Reales, nº 1, 2, 3 y 4.
C/ San Andrés, pares nº 4 a 34, salvo el 32 realizado en la primera fase.
C/ San Ignacio de Loyola, impares nº 1 a 43, salvo 25, 27 y 39.
C/ San José, pares nº 4 a 14, e impares nº 1, 3, 11, 13, 15, 19, 21, 25 y 27.
C/ Sil, pares nº 6 a 20 salvo el 10, e impares nº 1 a 23.
C Torío, nº 1 y 3.

2.- Subzona B-C del ARU León Oeste fase 2 - Inmuebles residenciales a rehabilitar en La Vega y la Sal:

Av. Quevedo, pares nº 2 a 26, e impares nº 5, 7, 9, 15, 17, 19, y de 25 a 39.
C/ Astorga, impares nº 25, 31 y 33.
C/ Ramón Calabozo nº 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.
C/ Gómez de Salazar, impares nº 1 a 11, y pares nº 2, de 14 a 22 y 28 y 30.
Av. Doctor Fleming, impares nº 1 a 47 salvo 13, 17, 21, 25, 29 ,31 33 y 35.
Av. Doctor Fleming, pares nº 6 a 14, nº 24 a 42, nº 48 a 60, nº 72, 74, 84, 92, 94, 96 y100.
C/ Cañada 2, c/ Miguel Bravo 2, c/ Miguel Unamuno 2, c/ Orozco 2, c/ Sahagún 2, c/ Torres Quevedo 1 y 2 , C/ Velasquita 1,3 y 5 y C/ Pardo Bazán 1, 3, 5, 12, 16 y 25.
C/ Doña Urraca 1 y 3, C/ Rey Emperador 19, C/ Demetrio Monteserín 1, 3 y 5.
C/ Antonio Nebrija 24, Laureano Diez 1, Obispo Álvarez de Miranda 10, Pérez Galdós 1.

3.- Subzona D del ARU León Oeste fase 2 - Inmuebles residenciales a rehabilitar en Armunia y Trobajo

Armunia:

Travesía y C/ Calvo Sotelo, nº 1, 34, 36, 38 y 42.
C/ Guzmán el Bueno, nº 18, 32, impares nº 43 a 49, nº 57 a 75 y nº 79 a 85.
C/ Las Damas, impares nº 1 a 13 salvo el 9, y pares nº 6 a 10.
C/ General Aranda, impares nº 3 a 11 y 15, y pares nº 6 a 12.
C/ General Millán Astray, impares nº 1 a 11, nº 15 a 19, nº 31 a 35, y pares nº 2 a 32, salvo el 14 y 22.
C/ Juan Bosco, nº 29, 54, 56, 58 y 60.
C/ La Fuente, pares nº 2 y 4, e impares nº 5 a 11.
Pl. La Iglesia, nº 2, 3, 4, 5 y 6.
C/ José Antonio, nº 1, 3, 4, 5, 6, 10 y 12.
Pl. España, nº 2, 3 y 4.
C/ Obispo Inocencio Rodríguez, nº 10, 12, 14, 16, 28, 30, 2 y 4.
C/ Los Caballeros, nº 4, 6 y 39.
C/ La Cuesta (N), nº 1.
C/ La Cuesta (S), nº 1 ,3 y 2.
C/ Rodera, nº 6.
C/ Tendales, nº 1y 2.

Trobajo del Cerecedo:

C/ Armunia, nº 1.
C/ el Caño, pares nº 2, 4, 6 y 10, e impares nº 1, 5, 13, 15, 17, 19 y 21.
C/ la Era, nº 3 y 11.
C/ Trepalio, nº 2.
C/ Calvo Sotelo, impares nº 69 a 73, nº 77 a 87, nº 91 y 93, nº 97 a 119, nº 125 y 127,
y pares nº 92 a 108, nº 112, nº 114, nº 118 a 130, nº 138 a 146 y nº150 y 152.
C/ General Franco, pares nº 92, 96, 100, 108, 110, 112, 114, 116, 120 y 128.
Pl. Iglesia, nº 2, 3, 4, 5 y 6.

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La Diputación Provincial, a través del Instituto Leonés de Cultura, acaba de lanzar tres líneas de subvención destinadas a la rehabilitación de distintos bienes de la arquitectura tradicional leonesa, a la mejora de equipamientos culturales y a la dotación de personal para los museos y colecciones museográficas de nuestras comarcas, todo ello ubicado en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia y por un valor global de 575.000 euros. Las solicitudes para concurrir a estas líneas de subvención, junto a las bases, guías de comprensión fácil y resto de documentación necesaria, ya están disponibles en la web del ILC, www.institutoleonesdecultura.es/convocatorias. La relativa a la restauración y recuperación de exponentes de la arquitectura tradicional está destinada a inmuebles o construcciones cuya propiedad corresponda a entidades locales y particulares, y que puedan encuadrarse en cualquiera de las siguientes tipologías: palomares, pallozas, hórreos, molinos, cortines y chozos o chozas pastoriles con cubierta vegetal. La convocatoria contempla que se priorizarán las construcciones que muestren tipologías únicas o en grave riesgo de desaparición, y que contribuyan a proteger el paisaje rural. También se valorarán aquellas características de la restauración que conserven las tipologías, las técnicas tradicionales y los materiales autóctonos, así como la continuidad de los usos y funciones para los que fueron construidos, primándose los aspectos sociales, pedagógicos y de acceso público. Al mismo tiempo, será considerada la atención a la conservación de elementos muebles que son, o han sido, consustanciales con la función primigenia de los mismos. Se excluirán las construcciones declaradas Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado el correspondiente expediente para su declaración, a excepción de los hórreos y las pallozas. Además, para las edificaciones que conserven las cubiertas vegetales, la restauración deberá realizarse con los mismos materiales y las mismas técnicas. El plazo de realización de las obras se iniciará en el momento de concederse la ayuda y finalizará el 31 de diciembre de 2026. La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada y alcanzará, en todo caso, un importe máximo de 15.000 euros por intervención. Por otra parte, la ayuda se adjudicará teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos y su ponderación: estado del inmueble, valoración técnica, interés etnográfico, recuperación integral y expectativa de realización. El presupuesto total de esta convocatoria es de 300.000 euros. Equipamiento de espacios culturales Por otro lado, la destinada al equipamiento de espacios culturales está dotada con 200.000 euros y su objetivo es el de colaborar en la financiación de los gastos de adquisición de equipamiento de naturaleza inventariable destinado a espacios culturales cuya propiedad corresponda a entidades locales. Los lugares a los que se destinarán dichos equipamientos deberán ser de uso común de los vecinos, exceptuando aquellos que tengan la consideración de bares, restaurantes o negocios análogos, y primándose los aspectos sociales, culturales y de acceso público. Se excluirán los inmuebles declarados Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado expediente para su declaración o enclavados en otro bien que lo sea. El plazo de ejecución de la actuación subvencionada será el comprendido entre el 16 de diciembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026. Podrán obtener la condición de beneficiarios los ayuntamientos y juntas vecinales que sean titulares o cesionarios, por un plazo superior a veinte años, de bienes inmuebles susceptibles de acogerse a esta convocatoria, ubicados siempre en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de León. La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada, y podrá alcanzar un importe máximo de 5.000 euros por entidad local. El beneficiario deberá justificar la totalidad del presupuesto presentado para la percepción de la subvención que se conceda. Entre los gastos subvencionables se entienden incluidos los siguientes: inversiones relacionadas con nuevas tecnologías (equipamiento informático, acceso a Internet); inversiones en artes escénicas (escenario, maquinaria escénica, equipamiento modular, paneles, tarimas y similares); iluminación y sonido (procesadores, microfonía, altavoces, sistemas de monitorización de sonido y similares); audiovisuales (equipamiento de imagen, accesorios e infraestructura audiovisual y similares); adquisición o renovación de mobiliario para archivos y bibliotecas; adquisición o renovación de equipamiento general para uso cultural; y por último gastos de envío, con un máximo de 250 euros y del 5% del importe total de los gastos subvencionables. En cambio, no se consideran objeto de estas ayudas los gastos relativos a la adquisición o construcción de nuevos locales; los de reforma o adaptación de edificios que impliquen cualquier tipo de intervención; los correspondientes a material consumible no inventariable, entendiendo por tal aquel con una duración estimada inferior a un año o de carácter reiterativo (cartuchos de impresoras, bombillas…); los gastos derivados de cualquier tipo de tributo, excepto el impuesto sobre el valor añadido no recuperable; y los electrodomésticos.            Contratación de personal para museos Además, el ILC también ha publicado la convocatoria que tiene por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la contratación de personal para museos y colecciones museográficas de la provincia de León en el año 2026. Unas subvenciones que habrán de dedicarse, exclusivamente, a la financiación de los gastos en materia de nóminas de personal a cargo del museo, director o responsable. Con ello se pretende contribuir al normal funcionamiento de estos centros y facilitar las condiciones adecuadas para el desempeño de su función, así como colaborar en que estos espacios logren cumplir con los requisitos necesarios para su autorización, su inscripción en el Directorio de Centros Museísticos de Castilla y León y su inclusión en la Red Museística de la comunidad. 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