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05/04/2016

Suspenden el juicio por el vertido de lodos de la presa de San Facundo tras la retirada de la acusación de la Junta y el Ayuntamiento de Torre del Bie

La apertura de las válvulas del embalse, del que se abastece Bembibre, provocó un vertido masivo de lodos que causó la muerte de más de mil truchas en el río Argutorio


El juicio oral por el vertido de lodos en 2009 en el río Argutorio o arroyo del Real tras abrir las válvulas de la presa del Real de San Facundo, que provocó la muerte de más de 1.000 ejemplares de trucha, previsto para este martes en el Juzgado de lo Penal número 1 de Ponferrada se ha suspendido, tras retirar las acusaciones de la Junta de Castilla y León y el Ayuntamiento de Torre del Bierzo, quienes estaban personadas en este proceso por un presunto delito contra los recursos naturales y el medio ambiente.

La causa se abrió contra el entonces concejal de Medio Ambiente de Bembibre, Manuel Ángel Rey, y dos trabajadores de Hidrogestión Socamex -adjudicataria del servicio de agua- como presuntos responsables del vertido. Los hechos se remontan al 8 de octubre de 2009 cuando la apertura de las válvulas del embalse -del que se abastece el Ayuntamiento de Bembibre- para desatascar la presa (el lodo acumulado por decantación y por la falta de mantenimiento de la infraestructura impedía que el agua saliese con continuidad) causó un vertido masivo de lodos, que provocó la muerte de la mayoría de las truchas de este río a lo largo de las localidades de San Facundo y San Andrés de las Puentes.

Precisamente, este río estaba vedado de pesca por la Junta para la recuperación de la fauna piscícola. Por todo ello, el presidente de la Junta Vecinal de San Andrés de las Puentes, José Luis de la Torre, manifestó su indignación por la “inexplicable” retirada de la Fiscalía y la Junta y, a última hora, también del Ayuntamiento de Torre del Bierzo, que se produjo el pasado viernes. “Va a quedar impune un delito contra el medio ambiente y, de nuevo, se va a mirar hacia otro lado con la situación de la presa del Real que, a día de hoy, sigue vertido lodo de forma constante y obliga a limpiar prácticamente a diario cuatro dedos de lodo del fondo de la playa fluvial de San Facundo”, afirmó.
El pedáneo de San Andrés estuvo personado en la causa -cuya instrucción se inició en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6-, pero se retiró tras llegar a un acuerdo con el que era alcalde de Bembibre en ese momento, el socialista Jesús Esteban, en el que el Ayuntamiento de Bembibre se comprometía a subsanar las deficiencias de la infraestructura e iniciar los trámites para regularizar la situación de la presa del Real. “La personación de la Junta y el Ayuntamiento de Torre garantizaban que el proceso seguía adelante y que esos hechos iban a juzgarse, mientras el acuerdo con Bembibre daba una solución a futuro para la situación de la presa, pero finalmente ese compromiso no se cumplió”, explicó De la Torre.

Daños y perjuicios
El informe elaborado por la propia Consejería de Medio Ambiente de la Junta elevaba a los 30.000 euros los daños y perjuicios causados por el vertido, teniendo en cuenta una mortalidad de 1.071 ejemplares -de los 144 fueron recogidos- y la estimación de la pérdida de 13.071 huevos. A ello habría que añadir el agravante de que se trata de un río vedado de pesca -que duplica la valoración de los daños en caso de que la especie esté vedada- y los costes de las labores de limpieza de márgenes y cauce. “Estimamos que podría ascender a 60.000 euros esa valoración de daños y perjuicios”, apostilló José Luis de la Torre.

Por ello, considera incomprensible que la Junta se retire del proceso cuando sus informes técnicos afirman que hay el vertido contraviene la Ley de Aguas porque carecía de la autorización pertinente y que hay una relación causa efecto entre el vertido de lodos y la muerte de fauna piscícola, al tiempo que justifica su personación en 2010 porque “existen argumentos suficientes que justifican la personación en el procedimiento indicado para la reclamación de daños y perjuicios causados. Así, el pedáneo de San Andres entiende que solo puede haber una justificación política y se pregunta “si la Junta tenía argumentos en 2010 cuando el Ayuntamiento de Bembibre tenía un gobierno del PSOE y los ha perdido ahora, ya no ve delito, cuando gobierna el PP”.

Por esos mismos motivos no entiende que el Ayuntamiento de Torre del Bierzo, ahora gobernado por Coalición por el Bierzo (CB) junto al PSOE, también se retire y no defienda los intereses de los vecinos de San Facundo y San Andrés. “No puede mantenerse al margen de algo que ha ocurrido dentro de su municipio ni justificar que no es de su incumbencia”, reprochó De la Torre, que también criticó la actuación de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil en el caso del vertido de la presa del Real y que se limitó a una sanción de 3.000 euros al Ayuntamiento de Bembibre. “Torre del Bierzo ha pagado 25.000 euros por una sanción por dos captaciones sin autorización y que estaban en proceso de regularización y Bembibre sólo paga 3.000 euros por un desastre ecológico en todo un río. Parace que es más grave coger agua para dar de beber a los vecinos que causar un importante daño natural y matar cientos de truchas”, lamentó. 

LEON PTC /V.Silván ICAL
 
 

 

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La relativa a la restauración y recuperación de exponentes de la arquitectura tradicional está destinada a inmuebles o construcciones cuya propiedad corresponda a entidades locales y particulares, y que puedan encuadrarse en cualquiera de las siguientes tipologías: palomares, pallozas, hórreos, molinos, cortines y chozos o chozas pastoriles con cubierta vegetal. La convocatoria contempla que se priorizarán las construcciones que muestren tipologías únicas o en grave riesgo de desaparición, y que contribuyan a proteger el paisaje rural. También se valorarán aquellas características de la restauración que conserven las tipologías, las técnicas tradicionales y los materiales autóctonos, así como la continuidad de los usos y funciones para los que fueron construidos, primándose los aspectos sociales, pedagógicos y de acceso público. Al mismo tiempo, será considerada la atención a la conservación de elementos muebles que son, o han sido, consustanciales con la función primigenia de los mismos. Se excluirán las construcciones declaradas Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado el correspondiente expediente para su declaración, a excepción de los hórreos y las pallozas. Además, para las edificaciones que conserven las cubiertas vegetales, la restauración deberá realizarse con los mismos materiales y las mismas técnicas. El plazo de realización de las obras se iniciará en el momento de concederse la ayuda y finalizará el 31 de diciembre de 2026. La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada y alcanzará, en todo caso, un importe máximo de 15.000 euros por intervención. 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Se excluirán los inmuebles declarados Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado expediente para su declaración o enclavados en otro bien que lo sea. El plazo de ejecución de la actuación subvencionada será el comprendido entre el 16 de diciembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026. Podrán obtener la condición de beneficiarios los ayuntamientos y juntas vecinales que sean titulares o cesionarios, por un plazo superior a veinte años, de bienes inmuebles susceptibles de acogerse a esta convocatoria, ubicados siempre en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de León. La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada, y podrá alcanzar un importe máximo de 5.000 euros por entidad local. El beneficiario deberá justificar la totalidad del presupuesto presentado para la percepción de la subvención que se conceda. 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En cambio, no se consideran objeto de estas ayudas los gastos relativos a la adquisición o construcción de nuevos locales; los de reforma o adaptación de edificios que impliquen cualquier tipo de intervención; los correspondientes a material consumible no inventariable, entendiendo por tal aquel con una duración estimada inferior a un año o de carácter reiterativo (cartuchos de impresoras, bombillas…); los gastos derivados de cualquier tipo de tributo, excepto el impuesto sobre el valor añadido no recuperable; y los electrodomésticos.            Contratación de personal para museos Además, el ILC también ha publicado la convocatoria que tiene por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la contratación de personal para museos y colecciones museográficas de la provincia de León en el año 2026. 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