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06/05/2016

El TSJCyL obliga a la empresa RMD a la retirada de los residuos enterrados hace una década en Villanueva del Carnero

Ecologistas en Acción advierte de que vigilará el seguimiento de las labores de extracción para que sea “efectiva y total”

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado el recurso contencioso interpuesto por la empresa RMD y le ha obligado a retirar los residuos que enterró “clandestinamente” hace una década en Villanueva del Carnero, en la provincia de León. Así lo trasladó Ecologistas en Acción a través de un comunicado, en el que advirtió de que vigilará el seguimiento de las labores de extracción para que sea “efectiva y total”.

Según el grupo ecologista, esos residuos tenían que haberse retirado antes de enero del año pasado, pero la empresa interpuso un recurso contencioso administrativo contra la orden de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de 2014, algo que no interrumpía el cumplimiento de la orden dada por el Ejecutivo autonómico, quien sin embargo no obligó a RMD a eliminar los residuos enterrados. Fue la semana pasada cuando el TSJCyL emitió sentencia en la que desestimaba ese recurso, con lo que se obliga a RMD a restituir el terreno “a su estado natural”, algo que tendrá que acatar en diez días, si bien cabe recurso de casación.

Los ecologistas recordaron que la empresa había enterrado “clandestinamente” en 2006 decenas de miles de toneladas de residuos, ocultando bajo dos metros de tierra, en unas cinco hectáreas, espesas capas de residuos de más de medio metro de profundidad, montones directamente tapados, y, por debajo de ello, grandes pozos de unos ocho metros de lado y otros tantos de profundidad.

Ante esta situación, Ecologistas en Acción y Valle de Conforcos intterpusieron quejas ante el Procurador del Común y la Comisión Europea. El dictamen del primero no fue aceptado por la Junta, quien contestó que “todo estaba correctamente retirado y restaurado” y a instancias de la Comisión, la Junta tuvo que ordenar a RMD la retirada “íntegra” de los residuos bajo la supervisión de una empresa independiente.

La Universidad de León ya informó en 2008 que las aguas subterráneas estaban contaminadas por metales pesados: cobre, cinc y plomo, muy peligrosos para la salud, aguas que pueden estar usándose para riego o consumo directo, con riesgo evidente para la salud humana y del medio ambiente en general.

LEON PTC / ICAL

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La Diputación Provincial, a través del Instituto Leonés de Cultura, acaba de lanzar tres líneas de subvención destinadas a la rehabilitación de distintos bienes de la arquitectura tradicional leonesa, a la mejora de equipamientos culturales y a la dotación de personal para los museos y colecciones museográficas de nuestras comarcas, todo ello ubicado en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia y por un valor global de 575.000 euros. Las solicitudes para concurrir a estas líneas de subvención, junto a las bases, guías de comprensión fácil y resto de documentación necesaria, ya están disponibles en la web del ILC, www.institutoleonesdecultura.es/convocatorias. La relativa a la restauración y recuperación de exponentes de la arquitectura tradicional está destinada a inmuebles o construcciones cuya propiedad corresponda a entidades locales y particulares, y que puedan encuadrarse en cualquiera de las siguientes tipologías: palomares, pallozas, hórreos, molinos, cortines y chozos o chozas pastoriles con cubierta vegetal. La convocatoria contempla que se priorizarán las construcciones que muestren tipologías únicas o en grave riesgo de desaparición, y que contribuyan a proteger el paisaje rural. También se valorarán aquellas características de la restauración que conserven las tipologías, las técnicas tradicionales y los materiales autóctonos, así como la continuidad de los usos y funciones para los que fueron construidos, primándose los aspectos sociales, pedagógicos y de acceso público. Al mismo tiempo, será considerada la atención a la conservación de elementos muebles que son, o han sido, consustanciales con la función primigenia de los mismos. Se excluirán las construcciones declaradas Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado el correspondiente expediente para su declaración, a excepción de los hórreos y las pallozas. Además, para las edificaciones que conserven las cubiertas vegetales, la restauración deberá realizarse con los mismos materiales y las mismas técnicas. El plazo de realización de las obras se iniciará en el momento de concederse la ayuda y finalizará el 31 de diciembre de 2026. La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada y alcanzará, en todo caso, un importe máximo de 15.000 euros por intervención. Por otra parte, la ayuda se adjudicará teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos y su ponderación: estado del inmueble, valoración técnica, interés etnográfico, recuperación integral y expectativa de realización. El presupuesto total de esta convocatoria es de 300.000 euros. Equipamiento de espacios culturales Por otro lado, la destinada al equipamiento de espacios culturales está dotada con 200.000 euros y su objetivo es el de colaborar en la financiación de los gastos de adquisición de equipamiento de naturaleza inventariable destinado a espacios culturales cuya propiedad corresponda a entidades locales. Los lugares a los que se destinarán dichos equipamientos deberán ser de uso común de los vecinos, exceptuando aquellos que tengan la consideración de bares, restaurantes o negocios análogos, y primándose los aspectos sociales, culturales y de acceso público. Se excluirán los inmuebles declarados Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado expediente para su declaración o enclavados en otro bien que lo sea. El plazo de ejecución de la actuación subvencionada será el comprendido entre el 16 de diciembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026. Podrán obtener la condición de beneficiarios los ayuntamientos y juntas vecinales que sean titulares o cesionarios, por un plazo superior a veinte años, de bienes inmuebles susceptibles de acogerse a esta convocatoria, ubicados siempre en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de León. La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada, y podrá alcanzar un importe máximo de 5.000 euros por entidad local. El beneficiario deberá justificar la totalidad del presupuesto presentado para la percepción de la subvención que se conceda. Entre los gastos subvencionables se entienden incluidos los siguientes: inversiones relacionadas con nuevas tecnologías (equipamiento informático, acceso a Internet); inversiones en artes escénicas (escenario, maquinaria escénica, equipamiento modular, paneles, tarimas y similares); iluminación y sonido (procesadores, microfonía, altavoces, sistemas de monitorización de sonido y similares); audiovisuales (equipamiento de imagen, accesorios e infraestructura audiovisual y similares); adquisición o renovación de mobiliario para archivos y bibliotecas; adquisición o renovación de equipamiento general para uso cultural; y por último gastos de envío, con un máximo de 250 euros y del 5% del importe total de los gastos subvencionables. En cambio, no se consideran objeto de estas ayudas los gastos relativos a la adquisición o construcción de nuevos locales; los de reforma o adaptación de edificios que impliquen cualquier tipo de intervención; los correspondientes a material consumible no inventariable, entendiendo por tal aquel con una duración estimada inferior a un año o de carácter reiterativo (cartuchos de impresoras, bombillas…); los gastos derivados de cualquier tipo de tributo, excepto el impuesto sobre el valor añadido no recuperable; y los electrodomésticos.            Contratación de personal para museos Además, el ILC también ha publicado la convocatoria que tiene por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la contratación de personal para museos y colecciones museográficas de la provincia de León en el año 2026. 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