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27/06/2016

El Gobierno concede al Colegio Divina Pastora de León el distintivo de calidad ‘Sello Vida Saludable’

El Gobierno concede al Colegio Divina Pastora de León el distintivo de calidad ‘Sello Vida Saludable’
Fuente: Imagen de archivo / Colegio Divina Pastora de León
El distintivo ‘Sello Vida Saludable’, creado en 2015, tiene por objeto el reconocimiento público a los centros docentes que fomenten el aprendizaje de la salud en el ámbito educativo, así como la asunción de prácticas de vida saludable y una educación física que permita el adecuado desarrollo personal y social a lo largo de la escolarización de los alumnos

 El Gobierno –a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte- concede a doce centros educativos de Castilla y León el distintivo de calidad ‘Sello Vida Saludable’, según se recoge en la Resolución del Boletín Oficial de Estado, BOE, que hace pública la relación de los setenta y tres centros de toda España que reciben la distinción.
Este distintivo, creado en 2015, tiene por objeto el reconocimiento público a los centros docentes, tanto públicos como privados sostenidos con fondos públicos y privados, que fomenten el aprendizaje de la salud en el ámbito educativo, así como la asunción de prácticas de vida saludable y una educación física que permita el adecuado desarrollo personal y social a lo largo de la escolarización de los alumnos. Y que, en la práctica, persigan el cumplimiento de alguna de las siguientes finalidades:

a)     Fomentar el rol de la educación en hábitos saludables como una parte integrante de la educación integral, diseñando, a tales efectos, un programa de educación en hábitos saludables que comprenda la programación y establecimiento de objetivos educativos y de los instrumentos de evaluación.
b)     Promover estilos y hábitos de vida saludables, a partir de las necesidades específicas del alumnado del centro docente, y especialmente en los ámbitos de la nutrición y alimentación saludables y del deporte contemplando el enfoque de género y la equidad para evitar desigualdades en la salud.
c)     Fortalecer y mejorar los comportamientos saludables de los alumnos, con especial énfasis en la higiene y la prevención.
d)     Afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social de los alumnos.
e)     Fomentar en el alumnado la adquisición de capacidades y competencias que les permitan cuidar su cuerpo tanto a nivel físico como mental, así como valorar y tener una actuación crítica ante la información, publicidad y ante actitudes sociales que puedan repercutir negativamente en su desarrollo físico, social y psicológico.
f)     Conocer y detectar las situaciones de riesgo para la salud, relacionadas especialmente con el consumo de sustancias con potencial adictivo, tanto de comercio legal como ilegal, así como con la ejecución de determinadas actividades que puedan generar comportamientos adictivos, con especial atención a la anorexia y a la bulimia, contrastando sus efectos nocivos y proponiendo medidas de prevención y control.
g)     Promover la comprensión y valoración de la importancia de preservar el medio ambiente por las repercusiones que el mismo tiene sobre la salud de las personas.
h)     Fomentar la responsabilidad del alumnado en las decisiones diarias del mismo, y el conocimiento de las consecuencias que las mismas tienen en su salud y en el entorno que les rodea.
i) Promover el adecuado conocimiento de la salud e higiene sexual y reproductiva.
j)  Promover la puesta en valor de la investigación, desarrollo e innovación en los  avances médicos y en el impacto de la calidad de vida de las personas.
k)  Promover la formación continua del personal docente que preste sus servicios en el centro, en materia de educación en hábitos saludables y en especial sobre alimentación saludable y práctica de actividad física.

La validez de la concesión del distintivo ‘Sello Vida Saludable’ a un centro docente se extenderá con carácter indefinido siempre que por parte de dichos centros se mantenga el cumplimiento de las condiciones y requisitos que dieron lugar a su concesión.

Periódicamente, y al menos cada dos años, podrán realizarse revisiones por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el fin de comprobar si se continúan cumpliendo los requisitos que justificaron la concesión.

En todo caso, se procederá a la revisión de la concesión cuando se produzcan circunstancias excepcionales que lo motiven como la desaparición del centro docente o la pérdida de vigencia o de la finalidad por la que le fue concedido el distintivo o cualquier otra que pueda motivarlo. Dicha revisión se realizará por el mismo procedimiento que motivó su concesión. 
La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, previo informe de la Comisión evaluadora, que, en todo caso, recabará al centro docente las alegaciones que considere oportunas, y en Resolución motivada dictada al efecto, podrá cancelar el derecho al uso del distintivo ‘Sello Vida Saludable’ como consecuencia del incumplimiento de las condiciones que fundamentaron su otorgamiento o de las circunstancias excepcionales señaladas.

Los doce centros educativos de Castilla y León distinguidos por el Gobierno con el ‘Sello Vida Saludable’ son los siguientes:
Provincia de Ávila: IES Hermenegildo Martín Borro, de Cebreros.
Provincia de León: Colegio Divina Pastora, de la capital leonesa.
Provincia de Palencia: CEIP Castilla y León, de Aguilar de Campoo; y CEIP Nuestra Señora de la Piedad, de Herrera de Pisuerga.
Provincia de Segovia: IES Sierra de Ayllón, de Ayllón; CRA El Carracillo, de Sanchonuño; y CEIP La Pradera, de Valsaín.
Provincia de Valladolid: IESO Cigales, de Cigales; CEIP Nuestra Señora del Villar, de Laguna de Duero; CRA La Villa, de Peñafiel; y CEIP Pedro I, de Tordesillas.
Provincia de Zamora: CRIE Zamora, de la capital zamorana.

LEON PTC 
El Gobierno concede al Colegio Divina Pastora de León el distintivo de calidad ‘Sello Vida Saludable’
Imagen de archivo / Colegio Divina Pastora de León
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La relativa a la restauración y recuperación de exponentes de la arquitectura tradicional está destinada a inmuebles o construcciones cuya propiedad corresponda a entidades locales y particulares, y que puedan encuadrarse en cualquiera de las siguientes tipologías: palomares, pallozas, hórreos, molinos, cortines y chozos o chozas pastoriles con cubierta vegetal. La convocatoria contempla que se priorizarán las construcciones que muestren tipologías únicas o en grave riesgo de desaparición, y que contribuyan a proteger el paisaje rural. También se valorarán aquellas características de la restauración que conserven las tipologías, las técnicas tradicionales y los materiales autóctonos, así como la continuidad de los usos y funciones para los que fueron construidos, primándose los aspectos sociales, pedagógicos y de acceso público. Al mismo tiempo, será considerada la atención a la conservación de elementos muebles que son, o han sido, consustanciales con la función primigenia de los mismos. Se excluirán las construcciones declaradas Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado el correspondiente expediente para su declaración, a excepción de los hórreos y las pallozas. Además, para las edificaciones que conserven las cubiertas vegetales, la restauración deberá realizarse con los mismos materiales y las mismas técnicas. El plazo de realización de las obras se iniciará en el momento de concederse la ayuda y finalizará el 31 de diciembre de 2026. La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada y alcanzará, en todo caso, un importe máximo de 15.000 euros por intervención. 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Se excluirán los inmuebles declarados Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado expediente para su declaración o enclavados en otro bien que lo sea. El plazo de ejecución de la actuación subvencionada será el comprendido entre el 16 de diciembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026. Podrán obtener la condición de beneficiarios los ayuntamientos y juntas vecinales que sean titulares o cesionarios, por un plazo superior a veinte años, de bienes inmuebles susceptibles de acogerse a esta convocatoria, ubicados siempre en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de León. La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada, y podrá alcanzar un importe máximo de 5.000 euros por entidad local. El beneficiario deberá justificar la totalidad del presupuesto presentado para la percepción de la subvención que se conceda. 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En cambio, no se consideran objeto de estas ayudas los gastos relativos a la adquisición o construcción de nuevos locales; los de reforma o adaptación de edificios que impliquen cualquier tipo de intervención; los correspondientes a material consumible no inventariable, entendiendo por tal aquel con una duración estimada inferior a un año o de carácter reiterativo (cartuchos de impresoras, bombillas…); los gastos derivados de cualquier tipo de tributo, excepto el impuesto sobre el valor añadido no recuperable; y los electrodomésticos.            Contratación de personal para museos Además, el ILC también ha publicado la convocatoria que tiene por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la contratación de personal para museos y colecciones museográficas de la provincia de León en el año 2026. 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