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04/11/2025

La Diputación destina 615.000 euros al desarrollo de las Aulas de Deporte y Salud y las Escuelas Deportivas

La convocatoria, dirigida a entidades locales de la provincia de León de menos de 20.000 habitantes, se unifica en esta ocasión y eleva su presupuesto en 135.000 euros respecto a la edición anterior

La Diputación destina 615.000 euros al desarrollo de las Aulas de Deporte y Salud y las Escuelas Deportivas

La Diputación de León ha aprobado las bases de la convocatoria de subvenciones para la organización y desarrollo de las Aulas de Deporte y Salud para Adultos y las Escuelas Deportivas. Estos programas, impulsados por el área de Juventud y Deporte que encabeza la diputada Patricia Martínez, contarán con un presupuesto de 615.000 euros. La convocatoria, que se unifica en esta ocasión, eleva su presupuesto en 135.000 euros, ya que las Aulas de Deporte y Salud tenían un presupuesto de 290.000 euros en la anterior edición y las Escuelas Deportivas de 190.000 euros.

Las Aulas de Deporte y Salud para adultos y las Escuelas Deportivas se desarrollarán en entidades locales de la provincia de León de menos de 20.000 habitantes durante la temporada 2025/2026, que abarca hasta el 30 de junio de 2026, ampliándose este periodo hasta el 30 de septiembre de 2026 en el caso de las Escuelas Deportivas de lucha leonesa, bolos y deportes autóctonos.

El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde este martes, día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Las solicitudes se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Diputación de León https://sede.dipuleon.es.

Las Escuelas Deportivas deberán tener una duración mínima de dos horas semanales y desarrollarse durante al menos tres meses consecutivos. Además, cada entidad local podrá solicitar la ayuda para un máximo de 30 diferentes, admitiéndose todas las modalidades deportivas reconocidas en competiciones oficiales federativas, tanto individuales como de conjunto, exceptuando deportes de combate (kárate, judo, taekwondo, etc.), los que conlleven el uso de armas de fuego y los que no realicen competiciones oficiales federativas (spinning, aquagym, pilates, etc.).

Para las que se refieren a un deporte de equipo también se ha fijado un número mínimo de inscritos que es el siguiente: siete personas para fútbol 7, once en el caso de fútbol 11, ocho para baloncesto y balonmano, siete para fútbol sala y seis para voleibol. En el caso de baloncesto, balonmano, fútbol sala y voleibol, la ratio establecida es la que se recoge en el programa de Deporte Escolar, debido a que las Escuelas Deportivas de esos deportes deben participar en la competición escolar organizada por la Diputación de León. Por su parte, en las Escuelas Deportivas de deportes individuales (atletismo, tenis, pádel, etc.) no será necesario un número mínimo de inscritos para optar a la subvención.

Para las Aulas de Deporte y Salud también se establecen dos horas semanales de duración como mínimo durante un periodo de entre seis y ocho meses y para un mínimo de tres alumnos de 18 años en adelante. Cada entidad local podrá solicitar la ayuda para diez aulas. En este caso incluyen ejercicios de gimnasia postural y correctora, mantenimiento físico, yoga, pilates, zumba y otras técnicas de trabajo físico, programas de ejercicios genéricos de acondicionamiento físico para adultos y mayores, la realización de test físicos iniciales para adaptar los niveles de intensidad, tareas de ejercicios analítico-funcionales individualizados y de movilidad articular y actividades lúdico-recreativas adaptadas, excursiones, paseos y convivencias.

La Diputación destina 615.000 euros al desarrollo de las Aulas de Deporte y Salud y las Escuelas Deportivas
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La relativa a la restauración y recuperación de exponentes de la arquitectura tradicional está destinada a inmuebles o construcciones cuya propiedad corresponda a entidades locales y particulares, y que puedan encuadrarse en cualquiera de las siguientes tipologías: palomares, pallozas, hórreos, molinos, cortines y chozos o chozas pastoriles con cubierta vegetal. La convocatoria contempla que se priorizarán las construcciones que muestren tipologías únicas o en grave riesgo de desaparición, y que contribuyan a proteger el paisaje rural. También se valorarán aquellas características de la restauración que conserven las tipologías, las técnicas tradicionales y los materiales autóctonos, así como la continuidad de los usos y funciones para los que fueron construidos, primándose los aspectos sociales, pedagógicos y de acceso público. Al mismo tiempo, será considerada la atención a la conservación de elementos muebles que son, o han sido, consustanciales con la función primigenia de los mismos. Se excluirán las construcciones declaradas Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado el correspondiente expediente para su declaración, a excepción de los hórreos y las pallozas. Además, para las edificaciones que conserven las cubiertas vegetales, la restauración deberá realizarse con los mismos materiales y las mismas técnicas. El plazo de realización de las obras se iniciará en el momento de concederse la ayuda y finalizará el 31 de diciembre de 2026. La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada y alcanzará, en todo caso, un importe máximo de 15.000 euros por intervención. Por otra parte, la ayuda se adjudicará teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos y su ponderación: estado del inmueble, valoración técnica, interés etnográfico, recuperación integral y expectativa de realización. El presupuesto total de esta convocatoria es de 300.000 euros. Equipamiento de espacios culturales Por otro lado, la destinada al equipamiento de espacios culturales está dotada con 200.000 euros y su objetivo es el de colaborar en la financiación de los gastos de adquisición de equipamiento de naturaleza inventariable destinado a espacios culturales cuya propiedad corresponda a entidades locales. Los lugares a los que se destinarán dichos equipamientos deberán ser de uso común de los vecinos, exceptuando aquellos que tengan la consideración de bares, restaurantes o negocios análogos, y primándose los aspectos sociales, culturales y de acceso público. Se excluirán los inmuebles declarados Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado expediente para su declaración o enclavados en otro bien que lo sea. El plazo de ejecución de la actuación subvencionada será el comprendido entre el 16 de diciembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026. Podrán obtener la condición de beneficiarios los ayuntamientos y juntas vecinales que sean titulares o cesionarios, por un plazo superior a veinte años, de bienes inmuebles susceptibles de acogerse a esta convocatoria, ubicados siempre en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de León. La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada, y podrá alcanzar un importe máximo de 5.000 euros por entidad local. El beneficiario deberá justificar la totalidad del presupuesto presentado para la percepción de la subvención que se conceda. Entre los gastos subvencionables se entienden incluidos los siguientes: inversiones relacionadas con nuevas tecnologías (equipamiento informático, acceso a Internet); inversiones en artes escénicas (escenario, maquinaria escénica, equipamiento modular, paneles, tarimas y similares); iluminación y sonido (procesadores, microfonía, altavoces, sistemas de monitorización de sonido y similares); audiovisuales (equipamiento de imagen, accesorios e infraestructura audiovisual y similares); adquisición o renovación de mobiliario para archivos y bibliotecas; adquisición o renovación de equipamiento general para uso cultural; y por último gastos de envío, con un máximo de 250 euros y del 5% del importe total de los gastos subvencionables. En cambio, no se consideran objeto de estas ayudas los gastos relativos a la adquisición o construcción de nuevos locales; los de reforma o adaptación de edificios que impliquen cualquier tipo de intervención; los correspondientes a material consumible no inventariable, entendiendo por tal aquel con una duración estimada inferior a un año o de carácter reiterativo (cartuchos de impresoras, bombillas…); los gastos derivados de cualquier tipo de tributo, excepto el impuesto sobre el valor añadido no recuperable; y los electrodomésticos.            Contratación de personal para museos Además, el ILC también ha publicado la convocatoria que tiene por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la contratación de personal para museos y colecciones museográficas de la provincia de León en el año 2026. 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